Desaparición Administrativa Impide Búsqueda Efectiva de Desaparecidos en CDMX: Derechos Humanos
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La desaparición administrativa se refiere a cuando las autoridades fallan en su deber de búsqueda con negligencia, omisiones o falta de coordinación, explicó la presidenta de la CDHCM

Colectivos y familiares de personas desaparecidas colocan fichas de búsqueda afuera de la Cámara de Diputados. Julio 2, 2025. Foto: Cuartoscuro | Archivo
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En la Ciudad de México, las personas desaparecidas enfrentan una doble victimización: la desaparición forzada y la administrativa.
Esta última se refiere a cuando las autoridades fallan en su deber de búsqueda con negligencia, omisiones o falta de coordinación, explicó la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, Nashieli Ramírez.
La desaparición administrativa se define como aquella que se origina por la intervención directa de autoridades de forma inintencionada que provoca la imposibilidad de localizar a una persona o prolongar su desaparición, a partir de una serie de actos, omisiones y negligencias que extienden en el tiempo su ausencia con impactos en entornos sociales, familiares y simbólicos
Detalló que hay 133 mil 22 personas desaparecidas.
Víctimas de desaparición administrativa
En el caso de la Ciudad de México son 6 mil 713 personas, de las cuales un porcentaje de ellas podría estar siendo víctima de desaparición administrativa, es decir, haber tenido ya contacto con alguna autoridad y que, aun así, sus familias las sigan buscando.
Según el Informe Temático sobre la Búsqueda de Personas Desaparecidas en la capital del país, elaborado por la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, en el cual se analizaron 35 casos con queja formal, se identificaron patrones de actuación y de inacción institucional, lo cual evidencia fallas estructurales que obstaculizan el acceso a la verdad y justicia.
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México señaló:
Se ubicó que en 18 expedientes hubo un retraso promedio de 17 meses, es decir, de 1 año y 5 meses entre la fecha de la denuncia y la realización efectiva de dichas diligencias, y en uno de los casos, el retraso alcanzó hasta los 2 años, con la consecuencia de, imaginarán, pues pérdida de evidencia porque con tanto tiempo, pues esas evidencias e igual esos rastreos pierden oportunidad, pierden espacio y ya no hay manera de recuperarlo
El estudio también mostró omisiones en la aplicación del cuestionario, que es el instrumento que debe recopilar información detallada de la persona desaparecida, como antecedentes, historia médica, huellas dactilares y descripción física.
La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México documentó que en el 90.9% de los 35 expedientes analizados, las personas fueron encontradas sin vida y únicamente un caso fue localizado con vida.
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Con información de Cinthya Marín
LECQ