Ley Paola Buenrostro: CDMX Aprueba Dictamen para Tipificar Transfeminicidios

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De ser aprobada la ley, los transfeminicidios serán castigados con 35 y hasta 75 años de prisión, y personas cercanas aunque no sean familiares podrá tramitar el acta de defunción

Comitiva LGBTTTIQ+ exige al Congreso de la CDMX que se apruebe la tipificación del delito de transfeminicidio denominada "Ley Paola Buenrostro"

Comitiva LGBTTTIQ+ exige al Congreso de la CDMX que se apruebe la tipificación del delito de transfeminicidio denominada "Ley Paola Buenrostro". Foto: Cuartoscuro

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En el Congreso de la Ciudad de México, avanzó en Comisiones Unidas el dictamen de la iniciativa conocida como “Ley Paola Buenrostro” que tipifica el delito de transfeminicidio.

La propuesta modifica diversos artículos de los códigos Civil y Penal, la Ley Orgánica de la Fiscalía de la CDMX y de la Ley de Víctimas.

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De ser aprobada la ley, los transfeminicidios podrían ser castigarlos con una pena de 35 hasta 75 años de prisión.

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El dictamen fue avalado y se prevé que sea votado por el pleno el próximo 18 de julio.

El delito de transfeminicidio sería aquel que prive de la vida a una mujer trans o a una persona a quien se le prive de la vida por su expresión de género. Así lo precisó las reformas al Código Penal.

Existen razones de identidad o expresión de género cuando se presente cualquiera de los siguientes supuestos: la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; a la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida, se le haya cortado o quemado el cabello, existan actos de necrofilia o relacionados con su expresión y/o identidad de género; y existan antecedentes o datos que indiquen que previo o posterior a la privación de la vida, el activo utilizó expresiones verbales de rechazo, no reconocimiento u odio a la víctima.

Familia social podrá hacer trámites en actas de defunción de personas trans

Con las modificaciones al Código Civil, las actas de defunción de las personas transgénero podrán ser tramitadas ya no solo por familiares, si es que éstos rechazaran el trámite, ahora lo podrá efectuar una persona que “sea parte a la familia social de la persona transgénero”

La Policía de Investigación tendría que evitar prejuicios y estereotipos de género y las actividades a que se dedique la persona, sea víctima o inculpada.

Se detalló que la familia social son personas del círculo cercano de la víctima, como amistades, compañeros de trabajo o de vivienda.

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Con información de N+

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