¿Qué Bicicletas Deben Tramitar Placas en la CDMX?
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La Semovi informó que los dueños de bicicletas eléctricas que superen los 25 kilómetros por horas, deberán tramitar placa

La Semovi dijo que las bicis eléctricas que superen los 25 kilómetros por hora deben ser consideradas como motocicletas. Foto: Cuartoscuro
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Ante el aumento del uso de bicicletas eléctricas en la Ciudad de México, la Secretaría de Movilidad (Semovi), informó que solicitará información a los fabricantes de estos vehículos, y más por aquellos que superen los 25 kilómetros por hora, que tendrán que tramitar una placa de acuerdo con el reglamento de tránsito.
El titular de la Semovi, Andrés Lajous explicó que las bicicletas eléctricas que superen los 25 kilómetros por hora, deben ser consideradas como motocicletas, razón por la cual deben portar una placa, y los conductores usar casco.
Básicamente son motocicletas, aunque el motor sea eléctrico, por lo tanto, necesitan estar emplacados y también necesitan traer un casco acorde con las características del vehículo.
El funcionario dijo que las empresas fabricantes de este tipo de bicicletas se han comprometido a informar a sus clientes sobre las especificaciones y regulaciones que deben cumplir este tipo de vehículos.
Lajous dijo que es muy importante que los capitalinos conozcan si sus bicicletas requieren una placa o no y enfatizó que esta estrategia no solo busca regular el uso de estas bicis en las ciclovías de la Ciudad de México.
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También se busca adaptar el aumento del uso de las bicicletas eléctricas al marco regulatorio vigente para garantizar la seguridad vial.
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Con información de N+
SM