Registro de Agresores Sexuales No Debe ser Público: SCJN

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La SCJN determinó que la base de datos sólo podrá ser consultada por las autoridades involucradas, como son la Fiscalía de Justicia y la Secretaría de Seguridad Ciudadana

La Corte avaló el Registro de Agresores Sexuales de la CDMX

Sesión de la SCJN del pasado 2 de enero de 2023. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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Por mayoría de votos y luego de varias sesiones, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avalaron el Registro de Agresores Sexuales de la Ciudad de México, pero con algunos candados.

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Durante la sesión que se realizó este lunes, los ministros e la SCJN determinaron que un agresor sexual deberá estar inscrito en este registro, hasta que se le dicte sentencia condenatoria.

Una vez que concluya su pena, podrá ser borrado del registro.

Los ministros también resolvieron que la base de datos del Registro de Agresores Sexuales no sea de acceso al público, como lo contemplaba la ley de origen. 

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Dicha base de datos sólo podrá ser consultada por las autoridades involucradas, como son la Fiscalía de Justicia y la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

Los ministros determinaron que, en el caso del ámbito penal, la resolución de este lunes será retroactiva a partir del pasado 21 de marzo de 2020.

Los ministros analizaron dos acciones de inconstitucionalidad, que por separado presentaron la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

Con información de N+ Mario Torres

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