¿Es legal el cobro por cubiertos de restaurantes en México?

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Existen tres factores que se utilizan para determinar el precio que un platillo debe tener en un restaurante.

El cobro por cubiertos es un cargo que regularmente se hace en restaurantes de etiqueta en México.

La Profeco aclaró si el cobro por cubiertos en restaurantes es legal o ilegal en México. Foto: Cuartoscuro

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Al comer en un restaurante hay cobros que sin duda debemos cubrir. Sin embargo, también hay algunos otros, como el cobro por cubiertos, que en la mayoría de ocasiones suele confundir a los comensales, quienes se preguntan si este cargo es legal o ilegal, duda que ya fue resuelta por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

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El cobro por cubiertos también es conocido como servicio de mesa y, aunque no es un cobro que haya surgido en México, pues es un monto extra que habitualmente se utiliza en España, Italia y Argentina, es un costo que se suele cobrar al consumidor en restaurantes de etiqueta.

Este tipo de cargo efectuado por los establecimientos, en teoría, se usa para el lavado de la mantelería, el solicitar un vaso de agua y que el comensal haga uso de elementos básicos, como la vajilla, la sal y la panera, entre otros. 

¿Es legal el cobro de cubiertos en México?

Ricardo Sheffield, titular de la Profeco, explicó que los tres factores mediante los cuales un restaurante debe determinar el precio de sus alimentos son: Los ingredientes, el servicio y el lugar.

Incluso Sheffield declaró:

Si no se explica por esos tres factores el precio del producto, entonces te están robando... Hay lugares que incluso te cobran el cubierto.

Por lo que, si un establecimiento no presenta claramente el precio de un platillo, teniendo en cuenta estos factores, estaría violando la Ley.

De acuerdo con el artículo 7 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, el proveedor deberá informar de forma notoria y visible el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios que ofrezca al consumidor.

Dicho monto deberá incluir impuestos, comisiones, intereses, seguros y cualquier otro costo, cargo, gasto o erogación adicional que los consumidores deban cubrir, sin importar si el pago es al contado o a crédito.

Teniendo en cuenta lo anterior, ningún restaurante está autorizado para realizar un cobro por cubierto, debido a que sería un segundo cobro por servicio, por lo que en caso de que un establecimiento pretenda hacerte este cargo podrás presentar un reporte ante la Profeco; enviando un correo electrónico a denunciasprofeco@profeco.gob.mx que contenga el nombre del restaurante y su dirección completa.