SAT: ¿Qué No te Puede Embargar?
|
N+
-
A partir de la notificación de un adeudo fiscal, el contribuyente tendrá con un plazo de 30 días hábiles para pagar o garantizar el adeudo

Oficinas del SAT. Foto: Cuartoscuro | Archivo
COMPARTE:
N+
A partir de la notificación de un adeudo fiscal, el contribuyente tendrá con un plazo de 30 días hábiles para pagar o garantizar el adeudo
Oficinas del SAT. Foto: Cuartoscuro | Archivo
COMPARTE: