SAT: Contribuyentes Deben Hacer este Trámite en Nueva Plataforma a Partir de Hoy 1 Agosto 2025

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Lanzada en febrero de este año, la nueva plataforma digital del SAT permite la carga masiva de información y la generación automática de acuses

SAT: A Partir de Agosto 2025 Contribuyentes Deben Presentar este Trámite en Nueva Plataforma

La nueva plataforma digital del SAT. Foto: Especial

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que a partir de este viernes 1 de agosto de 2025 los contribuyentes obligados a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) deben hacerlo únicamente a través de la nueva plataforma digital de la autoridad fiscal. 

Lanzada en febrero de este año, la nueva plataforma digital del SAT permite la carga masiva de información, la generación automática de acuses y la captura manual de hasta 30 registros. Además, está habilitada para declaraciones correspondientes al ejercicio 2025 y para presentaciones extemporáneas de ejercicios anteriores.

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"Con estas acciones, el SAT continúa implementando mecanismos accesibles y de uso simplificado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales", subrayó la dependencia federal vía la red social X.

¿Qué es la DOIT y quiénes la presentan?

De acuerdo con el SAT, la DIOT es la declaración informativa mediante la cual los contribuyentes reportan la información sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado (IVA) en las operaciones realizadas con sus proveedores.

Los contribuyentes que están obligados a presentar la DIOT son todas las personas físicas y morales que realizan actividades gravadas por la Ley del IVA y que tienen registrada la clave de obligación fiscal correspondiente al IVA. 

Esta declaración se presenta de forma mensual o semestral en el caso de las empresas que obtienen ingresos por realizar actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas y de pesca.

SAT Estrena Plataforma: ¿Qué Es la Declaración DIOT?

¿Cómo presentar la DOIT en la nueva plataforma del SAT?

Las personas y empresas que estén obligadas a presentar esta declaración pueden hacerlo a través de la siguiente liga: https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx

Para el envío de la declaración, es necesario contar con contraseña o e.firma en caso de personas morales. 

"El SAT recuerda a los contribuyentes tener actualizadas sus obligaciones fiscales o, en su caso, realizar el cambio correspondiente mediante el 'Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones', que se presenta a través del Portal del SAT", añadió en un comunicado la autoridad fiscal. 

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