SAT: ¿Qué pasa si tengo más gastos que ingresos?

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SAT: ¿Qué pasa si tengo más gastos que ingresos?

SAT: ¿Qué pasa si tengo más gastos que ingresos?

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De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), si un contribuyente tiene más gastos que ingresos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), lo considera como una discrepancia fiscal. Esto último quiere decir que se tendrán que pagar los impuestos correspondientes de la diferencia.Se consideran erogaciones los gastos, adquisiciones de bienes y depósitos en cuentas bancarias, inversiones financieras o tarjetas de crédito, según la Ley del ISR.
Foto: Getty Images

¿Qué son los ingresos exentos?

Algunas de las razones por las que hay discrepancias fiscales es porque el contribuyente obtuvo un premio, una donación, un préstamo u otro tipo de ingreso similar. A pesar de que no se debe pagar ningún impuesto por este tipo de ingreso es importante mencionarlo en la declaración anual.Sin embargo, si este tipo de ingreso pasa de los 600 mil pesos en lo individual o en conjunto, sí deberán ser declarados. Por eso es importante tener un respaldo que te ayude a justificar el origen de los ingresos utilizados para realizar erogaciones. De preferencia, se recomienda tener documentos notariales.
Ingresos
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Así procede el SAT ante una discrepancia fiscal

Cuando el SAT detecta erogaciones y no coincide con los ingresos declarados, la institución hará una revisión en expedientes, declaraciones e información de terceros y realizará un expediente. Después se le notificará al contribuyente el monto de las erogaciones, la información que debe validar, de dónde la obtuvo y cuánto es lo que se debe pagar realmente.El contribuyente tiene 20 días después de ser notificado para redactar un informe en el que argumente a detalle el origen de esos excedentes y ofrecer pruebas que lo respalden de su argumento.Finalmente, si se logra justificar los ingresos, no pasará nada. Pero, si no se logró demostrar, se deberá pagar el ISR excedente junto con una multa.
Toma en cuenta que el SAT no únicamente puede sancionarte económicamente, en algunos casos la institución puede acusar a la persona de defraudación fiscal, un delito que va los 3 meses a los 9 años de cárcel.