Rezagados Reemplacamiento 2025 Edomex: ¿Cuándo es el Último Día para Renovarlas?
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Quienes no realicen este trámite obligatorio pueden hacerse acreedores a multas sanciones, incluyendo el retiro de placas de circulación

El reemplacamiento 2025 es un trámite obligatorio. Foto: Cuartoscuro
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El programa de reemplacamiento 2025 del Estado de México entró en su recta final a tres meses de su arranque. De acuerdo con la Secretaría de Finanzas estatal, quienes no realicen este trámite obligatorio pueden hacerse acreedores a multas sanciones, incluyendo el retiro de placas de circulación.
Como en años anteriores, se trata de una acción coordinada entre el gobierno y la ciudadanía que tiene como objetivo fortalecer la seguridad pública y dar certeza jurídica, fiscal y patrimonial a los mexiquenses, destacó el gobierno de la entidad.
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Al respecto, el gobierno de la entidad recordó que entre los beneficios disponibles hasta el cierre del programa se encuentran la condonación del 100% en tenencias y refrendos, así como el cambio de propietario e impuesto a automóviles usados sin costo.
¿Quiénes deben reemplacar y en qué fechas?
El programa de reemplacamiento, iniciado el paso primero de abril, estará vigente hasta el próximo 31 de agosto de 2025 para los rezagados. Esta está dirigido a propietarios de:
- Vehículos de servicio particular que porten placas de circulación expedidas en 2020.
- Vehículos con placas 2019 y anteriores que no hayan realizado la renovación durante 2024.
"La vigencia de tus placas es de 5 años a partir de la fecha de expedición", recordó a los automovilistas la Secretaría de Finanzas mexiquenses.
🚗 ¡Tu auto, tus reglas… pero no te duermas! ⏳
— Secretaría de Finanzas del Estado de México (@FinanzasEdomex) July 7, 2025
El Reemplacamiento 2025 ya arrancó y tienes hasta el 31 de agosto para renovarlas.
Consulta más información en: https://t.co/wjAM8ktoc2#TrámitesEn12x3 #Reemplacamiento2025 pic.twitter.com/H1V9t7v6lr
Lista de requisitos para el reemplacamiento 2025?
- Identificación oficial vigente con fotografía (INE, licencia, pasaporte, cédula profesional, etcétera) y CURP.
- Cuando el propietario no realice el trámite, deberá presentar poder notarial e identificación del representante.
- Factura de origen y documento jurídico que acredite la propiedad (contrato de compraventa, endoso, responsiva, factura de vehículo usado, entre otros).
- Comprobante de domicilio vigente (no mayor a 3 meses) en el Estado de México (INE, recibo de luz, agua, teléfono, predial, etcétera).
- Placas anteriores, baja o documento jurídico que acredite la carencia de las mismas (constancia de extravío).
¿Cuáles son las multas y sanciones por no renovar placas?
Las multas y sanciones por no renovar las placas en el plazo señalado son las siguientes:
- Hacerse acreedor a sanciones de tránsito y administrativas, por no portar placas vigentes.
- Retiro de las placas de circulación y remisión del vehículo al depósito más cercano.
- Ser acreedor a una sanción consistente en 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.
- No poder verificar.
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