Cambia Acta de Nacimiento en México: ¿Qué Dato se Puede Eliminar de Documento Oficial y Por Qué?
N+ | Selene Alonzo Romero
La SCJN avaló la desaparición de un dato del documento oficial a partir de 2026 bajo la justificación del derecho a la identidad y protección de datos personales

La SCJN avaló cambios en las actas de Nacimiento en México: A partir de 2026 se podrá eliminar este dato. Foto: Cuartoscuro.
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Las actas de nacimiento en México tendrán cambios a partir de este año a fin de proteger los datos personales de los individuos, quienes podrán incluir o no algunos datos específicos. Por lo que en N+ te adelantamos qué información se puede eliminar del documento oficial desde 2026.
Se trata de una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a partir de un amparo interpuesto por un ciudadano. Aunque no es la única actualización respecto a este documento de identificación oficial, en una nota previa te dimos a conocer que ya son válidas las actas impresas en Papel Bond.
¿Qué dato se puede eliminar del Acta de Nacimiento y por qué?
La SCJN dio a conocer en un comunicado que resolvió eliminar la obligación de incluir en los sellos marginales del acta de nacimiento el estado civil de una persona en su acta de nacimiento, derivado de un caso que se dio en Jalisco.
De modo que a partir de este año es inconstitucional, con efectos generales, asentar con notas marginales en dicho documento oficial, los actos de matrimonio y divorcio. Con lo que quedaron invalidados los artículos 36 y 100 de la Ley de Registro Civil del Estado de Jalisco.
Esto significa que ninguna autoridad del registro civil podrá negar a una persona obtener copias de su acta de nacimiento sin verse obligada a divulgar su estado civil. Toda vez que se determinó que esta información sobre una persona es un dato personal privado.
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¿Qué pasó en Jalisco que derivó en los cambios en las Actas de Nacimiento en México?
De acuerdo con la Suprema Corte, la decisión derivó del amparo en revisión 468/2024 resuelto por la entonces Primera Sala, cuando una persona que se divorció por mutuo acuerdo, pidió que se retirarán de su acta de nacimiento los sellos marginales relativos a su matrimonio y posterior divorcio. A lo que el Registro Civil se negó.
De modo que la extinta Primera Sala concluyó que dicha disposición vulneró los derechos a la protección de datos personales, igualdad y no discriminación de esta persona, al impedirle obtener su acta de nacimiento sin revelar su estado civil.
La Declaratoria de Inconstitucionalidad de la SCJN significa que aplica para todos los ciudadanos del estado de Jalisco, con lo que se garantiza que este documento sirva para identificar a una persona sin exponer su vida privada o trámites legales relativos a su estado civil.
¿Este cambio en las actas de nacimiento aplica en todo México?
Si bien, la declaratoria específica de la SCJN aplica sobre la Ley de Jalisco y tiene efectos para sus ciudadanos, lo cierto es que el principio legal establecido por la Corte debe proteger a cualquier mexicano sin importar su estado de residencia. De modo que si en cualquier estado una persona no recibe un acta de nacimiento sin estado civil, puede acogerse a este precedente del estado de Jalisco.
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