¿Cuándo y Por Qué se Prohíbe Exhibir Cigarros en Tiendas?
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No podrás verlos en exhibición, pero sí podrás seguir comprándolos

La publicidad de los cigarrillos estará prohibida tanto en medios tradicionales como vía internet. Foto: Cuartoscuro | Archivo
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El día de ayer el precio de las cajetillas de cigarrillos subió 5 pesos, sin embargo, el alza de precios no es lo único a lo que tendrán que enfrentarse los fumadores, ya que estará prohibida las exhibiciones de dicho producto en tiendas, misceláneas y todo tipo de puntos de venta.
Cuándo queda prohibido exhibir cigarrillos en tiendas
El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto que reforma el Reglamento para la Ley General de Tabaco en México.
Así, acorde con la nueva ley, a partir del 15 de enero estará prohibida la exhibición de cigarrillos en puntos de venta, así como su publicidad en todo tipo de medios.
Es decir, todas las tiendas tendrán que dejar de exhibir cigarrillos en sus aparadores, buscando desincentivar su consumo.
Además, se establecieron medidas para asegurarse de que no se fume en centros de trabajo, transporte público, escuelas, sedes de espectáculos, hoteles, estadios, plazas comerciales, playas, parques o lugares donde hay niñas, niños y adolescentes.
Así mismo, la ley detalla que la aparición de este producto no solo no estará permitida en los medios tradicionales, sino incluso vía internet, redes sociales, en reuniones y comunicaciones personales, mensajes enviados por correo postal o electrónico, así como en productos utilitarios o bienes inmuebles e incluso en videojuegos, juguetes, golosinas o alimentos con mensajes o forma de cigarro.
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¿Cómo se venderán los cigarrillos a partir del 15 de enero?
La venta de cigarros en puntos de venta cambiará a partir del 15 de enero.
Como ya no serán exhibidos al público, las tiendas grandes y pequeñas sólo tendrán permitido poner al alcance del público una lista textual y escrita de este tipo de productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas. Además, la lista de comercialización deberá cumplir con los requisitos y características que establezca la Secretaría de Salud más adelante.
Por otra parte, respecto a las zonas destinadas para fumadores, la ley establece lo siguiente:
Está prohibido brindar la prestación de cualquier servicio o consumo de alimentos, bebidas o entretenimiento, entre otros, así como llevar a cabo actividades sociales o de esparcimiento.
Además, señala que estos lugares destinados para fumadores deben cumplir con requisitos como tener las zonas físicamente separadas e incomunicadas de los espacios 100% libres de humo de tabaco y emisiones, no estar cerca de una entrada o salida y deben estar al menos diez metros alejados de dichos accesos.
Por otra parte, la Asociación Nacional de Pequeños Comerciantes (ANPEC) publicó en su cuenta de Twitter que para los pequeños comercios la venta de cigarrillos representa una parte importante de sus ventas; promueve hasta un 25% del ticket mensual por su venta directa y las ventas indirectas que genera.
De tal modo que, aseguran, la nueva ley atenta contra el trabajo de muchos pequeños comercios, que tendrán que cerrar por ver bajar sus ingresos.
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Con información de DOF y ANPEC