Adiós a Shows con Delfines y Focas en México: Prohíben Entretenimiento con Mamíferos Marinos
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La violación a la reforma de la Ley de General de Vida Silvestre amerita severas multas, que podrían rebasar los 8 millones de pesos

Show de delfines en la Feria de Chapultepec. Foto. Cuartoscuro | Archivo
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En México ya están prohibidos los shows de animales mamíferos marinos como delfines o focas, así lo determinó la Cámara de Diputados luego de aprobar una reforma a la Ley General de Vida Silvestre, hoy, 26 de junio de 2025.
Por unanimidad, los diputados votaron a favor de la minuta que reforma y adiciona los artículos 47 Bis 4, 60 Bis, 122 y 127 de la Ley General de Vida Silvestre, que prohibe el uso de animales mamíferos marinos para aprovechamiento extractivo, con fines comerciales.
#ÚLTIMAHORA | Queda aprobada la minuta con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 47 Bis 4; 60 Bis; 122 y 127 de la Ley General de Vida Silvestre, para prohibir el uso de mamíferos marinos en espectáculos de entretenimiento. pic.twitter.com/Uw91hfKBxD
— H. Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) June 26, 2025
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¿En qué consiste la reforma a la Ley General de Vida Silvestre?
- La reforma a la Ley General de Vida Silvestre prohibe principalmente el maltrato animal con el uso de mamíferos marinos en espectáculos fijos o itinerantes y la reproducción forzada
- Prohíbe cualquier actividad que no sea de investigación científica o de enseñanza para su conservación y preservación
- En caso de uso para investigación, el procedimiento debe ser realizado o avalado por alguna institución académica o de investigación con registro oficial y contar con un protocolo autorizado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recurso Naturales (Semarnat).
- La reforma a favor de los animales prohíbe que ejemplares como delfines o focas sean utilizados en actividades que no estén las permitidas en el artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre.
- De este punto quedan exentos los mamíferos marinos que sean usados con fines de reproducción, para la conservación a través de la recuperación, la reintroducción y la repoblación de especies y poblaciones amenazadas, en peligro de extinción o que rescatados, sin fines de lucro
- También se prohíbe la reproducción de este tipo de marinos, excepto si se trata de una reintroducción o repoblación, pero en estos casos, los mamíferos marinos no podrán ser objeto de exhibición ni de actividades con fines de lucro
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Infracciones o multas
La reforma a la Ley General de la Vida Silvestre también establece sanciones para quienes la infrinjan.
- Las sanciones van de 200 a 75,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMNA)
- De acuerdo con el valor de la UMA en 2025, las multas van de los 22,628 pesos a los 8,485,500 pesos
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Con información de N+.
RMT