DOF Publica Prohibición del Uso Ilícito de Fentanilo y Vapeadores
N+
La reforma entrará en vigor a partir de este sábado y el Congreso de la Unión tendrá seis meses para armonizar el marco jurídico de las leyes en la materia con este Decreto

Un hombre 'vapea' afuera de la Cámara de Diputados durante una protesta. Marzo 12, 2023. Foto: Cuartoscuro | Archivo
COMPARTE:
El Diario Oficial de la Federación publicó este viernes las reformas constitucionales por las que se prohíbe el uso ilícito del fentanilo, así como de los vapeadores.
Reforma aprobada por el Congreso de la Unión y la mayoría de las Legislaturas locales, y decretada constitucional por la Comisión Permanente el pasado 8 enero, y que modifica los artículos cuarto y quinto de la Constitución en materia de protección a la salud.
En ellos se establece que, para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la propia disposición legal.
Así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas.
Por lo que queda prohibida la industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquiera de las actividades mencionadas anteriormente.
Entrada en vigor
La reforma entrará en vigor a partir de este sábado y el Congreso de la Unión dispondrá de seis meses para armonizar el marco jurídico de las leyes en la materia con el contenido de este Decreto.
Historias recomendadas:
- Prohíben TikTok en Estados Unidos: Plataforma de Videos Acepta su Cierre en el País en 2025
- Gobierno de Estados Unidos Coloca Más Boyas en el Río Bravo para Frenar a Migrantes
- Exdirector de Cooperativa Cruz Azul, Guillermo Héctor “N” se Queda en Prisión Preventiva
Con información de Héctor Guerrero
LECQ