Reforma al Artículo 2 Constitucional Impulsa Reconocimiento de Pueblos Indígenas: Hugo Aguilar

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El ministro presidente electo participó en un encuentro interinstitucional, donde destacó su compromiso para ser un constructor de la autonomía de los pueblos indígenas

Una bandera de México de gran tamaño detrás del ministro presidente de la Corte.

Hugo Aguilar, ministro de la SCJN, anunció reforma al artículo 2 constitucaional. Foto: Cámara de Diputados

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El ministro presidente electo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Hugo Aguilar Ortiz, destacó que el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ha tenido cambios significativos a favor de las comunidades indígenas. 

Durante el Encuentro Interinstitucional “México Pluricultural: Avances y Retos en los Derechos de los Pueblos Indígenas”, organizado por la diputada de Morena Gloria Sánchez López, el ministro electo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Hugo Aguilar, enfatizó que el Estado mexicano debe transitar hacia una gobernabilidad basada en la pluriculturalidad y no en un modelo homogéneo.

En su intervención, Aguilar subrayó que el artículo 2 constitucional, reformado en septiembre de 2024, reconoce a los pueblos originarios y afromexicanos como sujetos de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio, lo que implica un cambio de paradigma en la relación del Estado con estas comunidades. “México es único e indivisible, pero sustentado en la grandeza de sus pueblos y culturas”, recordó

Video: Hugo Aguilar Ortiz: "Llegada a SCJN Consolida Derechos Indígenas"

¿Qué contempla la reforma al Artículo 2 constitucional?

El próximo titular del Máximo Tribunal del país explicó que el artículo 2 de la Constitución contempla que los pueblos indígenas sean parte de la institucionalidad y de la conformación del Estado mexicano. Explicó que anteriormente se les ha dejado al lado y que por ello, en su próximo periodo en la SCJN, busca ser un constructor de la autonomía de los pueblos indígenas

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Tenía un perfil que indicaba que los pueblos indígenas necesariamente debían de dejar de ser lo que son, perder su identidad, su cultura su forma de organización, para que sean incluidos dentro del estado mexicano. Este instrumento internacional era un marco jurídico, dicho un poco en términos coloquiales que permitía bien morir, si bien reconocía la especificidad cultural de los pueblos, aludía que al final de cuentas para formar parte de los estados nacionales y en el caso particular del Estado mexicano los indígenas debíamos dejar de ser lo que somos. 

Por esa razón, hizo énfasis en los avances de la última reforma al artículo 2, que incluye: 

  • Protección del patrimonio cultural. 
  • El avance crucial como sujetos de derechos.
  • Pluriculturalidad, que es un principio con el que deben regirse las instituciones.
  • Libre autodeterminación y autonomía.
  • Derecho de consulta y consentimiento de los pueblos indígenas.
  • Reconoce la medicina tradicional.
  • La reforma contempla el acceso de pueblos y comunicades a recursos públicos. 

 

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