SCJN Invalida Norma que Permitía a Padres Obligar a sus Hijos a Asistir a Terapias de Conversión

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En el Código Penal de Guerrero se les excluía de responsabilidad penal por someterlos a esa práctica

SCJN Invalida Norma que Permitía a Padres Obligar a sus Hijos a Asistir a Terapias de Conversión

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el 5 de febrero de 2025. Foto: Cuartoscuro | Archivo

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó una norma que permitía a los padres o tutores obligar a sus hijos a asistir a terapias de conversión. En el Código Penal de Guerrero se les excluía de responsabilidad penal por someterlos a esa práctica. 

Al respecto Margarita Ríos Farjat, ministra de la SCJN indicó:

La gravedad y el impacto que generan las terapias de conversión forzadas en las personas menores de edad constituyen un claro límite a la responsabilidad paternal y maternal de los progenitores, ya que su facultad para tomar decisiones en relación con la crianza no justifica el sometimiento deliberado de sus hijos e hijas a intervenciones coercitivas o abusivas que puedan causarles un profundo y duradero sufrimiento físico y emocional. Terapias de conversión va mucho más allá de conversaciones y otro tipo de acompañamiento familiar

Guerrero era la única entidad que excluía de sanción penal a los progenitores y o personas tutoras para privilegiar la libertad de crianza

Por su parte Javier Laynez Potisek, ministro de la SCJN señaló:

Para el legislativo, en este caso, pondera la libertad de crianza a cargo de los padres o tutores que, efectivamente, es una libertad protegida y le da un valor superior o una ponderación mayor que el derecho que tienen los niños, niñas y adolescentes o cualquier ser humano a la expresión sexo genérica de cualquier persona. Por eso me parece que esto es totalmente indebido e inconstitucional, violatorio de derechos humanos

En tanto la ministra Yasmín Esquivel Mossa precisó que las terapias son medidas que atentan contra la integridad física y psicológica.

El legislador soslayó que quienes ejercen la patria potestad, por regla general, son los primeros responsables de que los niños, niñas y adolescentes sean sometidos a las terapias de conversión, mediante tratamientos que les generan sufrimiento físico y emocional. Sin embargo, tales terapias tienen el efecto adverso, ya que se trata de medidas que atentan contra la integridad física y psicológica con menoscabo de su desarrollo integral de los menores, al generar un profundo impacto estigmatizante en las vidas de quien lo sufre

Apellidos compuestos

En otro asunto, la Corte invalidó una norma de Yucatán que impedía que los padres o tutores registrar a sus hijos con apellidos compuestos.

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Con información de Jessica Murillo
LECQ