Senado Avala Reforma que Permite a Funcionarios de CFE, Pemex y SAT Portar Armas

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Se estableció que podrán portar armas “los organismos que, por sus funciones de carácter público, justifiquen su necesidad”

Senado Avala Reforma que Permite a Funcionarios de CFE, Pemex y SAT Portar Armas

Aspectos de la votación durante la sesión ordinaria del Senado sobre Estrategia Nacional de Seguridad Pública 2024-2030. Foto: Cuartoscuro

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El Senado avaló una reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que permite a funcionarios de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Petróleos Mexicanos (Pemex), Banco de México (Banxico) y Servicio de Administración Tributaria (SATportar armas.

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Se estableció que podrán portar armas las personas integrantes de instituciones policiales, de procuración de justicia, y también “los organismos que, por sus funciones de carácter público, justifiquen su necesidad”.

Video. Senado Aprueba Reforma a Ley de Armas de Fuego y Explosivos, ¿Cómo se Castigará el Tráfico Ilegal?

¿Quiénes más podrán portar armas?

También se aprobó que los ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo podrán portar un arma fuera de zonas urbanas para actividades propias de su trabajo, y además les permite tener un arma en su domicilio para fines de defensa personal.

Los ciudadanos podrán poseer armas en su domicilio para fines de defensa personal, y podrán portarlas quienes cumplan con los requisitos establecidos en la Ley y demás disposiciones legales aplicables, siempre que estén registradas ante la Secretaría de la Defensa Nacional.

  • La posesión de más de cinco armas sin permiso especial puede ser sancionado con prisión y multa.

La reforma fue aprobada por unanimidad en el Pleno y enviada de inmediato a la presidenta Claudia Sheinbaum, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Endurecen multas y penas por tráfico de armas

Hasta 45 años de prisión y multas superiores a 339 mil pesos se impondrán a quienes introduzcan de forma ilegal a territorio mexicano armas, municiones, cargadores o explosivos de uso exclusivo del Ejército.

El pleno del Senado aprobó una reforma que modifica más de 100 artículos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para endurecer sanciones y reforzar el control del armamento en el país.

Las penas más altas se aplicarán a quienes trafiquen, comercialicen, adquieran o fabriquen ilegalmente armas, cuando estas conductas sean cometidas por servidores públicos, integrantes de corporaciones policiales, elementos de las Fuerzas Armadas o personal de seguridad privada.

Al respecto habló Ana Lilia Rivera, presidenta de la Comisión de Defensa Nacional, Morena, al precisar que en dicha legislación “no se busca criminalizar a quienes poseen armas conforme a derecho”.

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¿Se prohíbe la activación remota de drones?

La reforma también prohíbe la fabricación de armas con impresoras 3D, el uso de explosivos improvisados y dispositivos de activación remota, como los drones, así como las armas de fabricación artesanal. 

Además, prohíbe que civiles usen vehículos blindados modificados para portar armas y asigna de forma exclusiva al Ejército mexicano la responsabilidad del registro y control del armamento en el país. 

Tampoco se permitirá el envío de armas o explosivos a través de paquetería o comercialización por internet. Asimismo, se actualiza el listado de armamento exclusivo del Ejército y se establece que toda persona que registre un arma deberá designar a un responsable para su trámite en caso de fallecimiento, a fin de definir su destino final.

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Con información de Juan Pablo Narcia

HVI