00:00Continuamos en Despierta, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
00:04declaró la constitucionalidad del Fondo de Pensiones para el Bienestar.
00:07¿En qué consiste? Vamos a ver.
00:11Es un tema que generó mucha inquietud en su momento.
00:14Se pensaba, como ya han señalado ustedes,
00:17que era una especie de confiscación, de expropiación
00:20o de privación de la propiedad de los fondos de los trabajadores.
00:27Los ministros consideraron que el decreto emitido por el entonces presidente Andrés
00:31Manuel López Obrador no vulnera el derecho de los trabajadores pues únicamente cambia
00:35la administración de los recursos. Rechazaron el argumento de los legisladores de oposición
00:41que presentaron la acción de inconstitucionalidad, de que el gobierno buscaba quedarse con los fondos
00:46que ascienden a 44 mil millones de pesos. La reforma no autoriza la apropiación por
00:53el Estado de las cuentas individuales ni extingue el derecho de sus titulares,
00:59únicamente modifica la forma en que determinados recursos no reclamados son administrados.
01:07Los recursos depositados en las cuentas individuales continúan siendo,
01:12en todo momento, propiedad de las personas trabajadoras o pensionadas.
01:18Considero constitucionalmente relevante que la medida persiga una finalidad de solidaridad
01:27social al destinar recursos no reclamados a complementar pensiones sin privar a sus
01:35titulares del derecho a recuperarlos. La seguridad social responde a un modelo,
01:42hay que también precisarlo, colectivo y solidario.
01:46Ante las críticas por la transferencia de los recursos, el ministro presidente anunció que
01:52se hará publicidad de la presentación del caso en el sitio web de la Corte para que se entienda
01:56que solo se trató de un cambio de administrador de fondos.