Rezagados Reemplacamiento 2025 Edomex: ¿Cuándo es el Último Día para Renovarlas?
Quienes no realicen este trámite obligatorio pueden hacerse acreedores a multas sanciones, incluyendo el retiro de placas de circulación

Quienes no realicen este trámite obligatorio pueden hacerse acreedores a multas sanciones, incluyendo el retiro de placas de circulación

El programa de reemplacamiento 2025 del Estado de México entró en su recta final a tres meses de su arranque. De acuerdo con la Secretaría de Finanzas estatal, quienes no realicen este trámite obligatorio pueden hacerse acreedores a multas sanciones, incluyendo el retiro de placas de circulación.
Como en años anteriores, se trata de una acción coordinada entre el gobierno y la ciudadanía que tiene como objetivo fortalecer la seguridad pública y dar certeza jurídica, fiscal y patrimonial a los mexiquenses, destacó el gobierno de la entidad.
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Al respecto, el gobierno de la entidad recordó que entre los beneficios disponibles hasta el cierre del programa se encuentran la condonación del 100% en tenencias y refrendos, así como el cambio de propietario e impuesto a automóviles usados sin costo.
El programa de reemplacamiento, iniciado el paso primero de abril, estará vigente hasta el próximo 31 de agosto de 2025 para los rezagados. Esta está dirigido a propietarios de:
Vehículos de servicio particular que porten placas de circulación expedidas en 2020.
Vehículos con placas 2019 y anteriores que no hayan realizado la renovación durante 2024.
"La vigencia de tus placas es de 5 años a partir de la fecha de expedición", recordó a los automovilistas la Secretaría de Finanzas mexiquenses.
Identificación oficial vigente con fotografía (INE, licencia, pasaporte, cédula profesional, etcétera) y CURP.
Cuando el propietario no realice el trámite, deberá presentar poder notarial e identificación del representante.
Factura de origen y documento jurídico que acredite la propiedad (contrato de compraventa, endoso, responsiva, factura de vehículo usado, entre otros).
Comprobante de domicilio vigente (no mayor a 3 meses) en el Estado de México (INE, recibo de luz, agua, teléfono, predial, etcétera).
Placas anteriores, baja o documento jurídico que acredite la carencia de las mismas (constancia de extravío).
Las multas y sanciones por no renovar las placas en el plazo señalado son las siguientes:
Hacerse acreedor a sanciones de tránsito y administrativas, por no portar placas vigentes.
Retiro de las placas de circulación y remisión del vehículo al depósito más cercano.
Ser acreedor a una sanción consistente en 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.
No poder verificar.
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