¿Cuáles Son las Nuevas Prohibiciones del Tabaco en México?
Las modificaciones entraron en vigor este domingo 15 de enero, pese al descontento de los comerciantes

Las modificaciones entraron en vigor este domingo 15 de enero, pese al descontento de los comerciantes

Los cambios a la Ley General para el Control del Tabaco entraron en vigor, así que los comercios ya no podrán mostrar publicidad ni exhibir cajetillas de cigarro o cualquier producto de este tipo, cuya finalidad es proteger los derechos de los no fumadores a vivir en espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco.También quedó prohibido lo siguiente:
- Comercializar, vender, distribuir o suministrar cigarrillos por unidad o en empaques, que contengan menos de 14 o más de 25 unidades, o tabaco picado en bolsas de menos de 10 gramos.
-Colocar los cigarrillos en sitios que le permitan al consumidor tomarlos directamente.
-Vender o distribuir productos de tabaco a través de máquinas expendedoras o por teléfono.
-Distribuir gratuitamente productos de tabaco con fines de promoción.
La prohibición se extiende para los fumadores, pues ya no podrán consumir ni tener en su posesión cualquier producto de tabaco o nicotina encendido, en espacios públicos que se consideren con alta afluencia.
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Estos espacios son: plazas comerciales, canchas, estadios, arenas, hoteles, parques, terrazas o balcones, parques de diversiones, deportivos, lugares de culto religioso, centros de salud, paraderos de transporte público, playas, áreas de juego o lugares donde se congreguen niñas, niños y adolescentes, lugares de consumo de alimentos y bebidas, así como centros de espectáculos y entretenimiento.
Diversas cámaras de asociaciones empresariales y los propios comerciantes han mostrado su descontento, pues aseguran que es una violación a los derechos de los consumidores, ya que en México el tabaco es un producto legal.
El incumplimiento a estas nuevas disposiciones será sancionado administrativamente por las autoridades sanitarias, quienes podrán ir desde una amonestación con apercibimiento, es decir, únicamente una advertencia, hasta multas, clausura temporal o definitiva de establecimientos, o arresto de hasta 36 horas.
Con información de N+ Estado de México