¿Cómo Aumentar un 25% la Pensión IMSS Paso a Paso? Requisitos
El IMSS dio a conocer cómo aumentar el monto de los pensionados; te explicamos el paso a paso para hacer el trámite

El IMSS dio a conocer cómo aumentar el monto de los pensionados; te explicamos el paso a paso para hacer el trámite

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) compartió cómo se puede aumentar un 25% la pensión. En N+ te contamos para quiénes aplica, cuáles son los requisitos y cómo hacer el trámite paso a paso.
De acuerdo con el IMSS se puede aumentar la pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, pero solo aplica si se cumplen ciertos criterios. Este monto corresponde a una prestación contemplada en la Ley del Seguro Social.
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El aumento se realiza a través de las asignaciones familiares, las cuales se conceden a las personas beneficiarias de los pensionados, quienes pueden registrar a su esposa o concubina, a sus padres que sean dependientes económicos o a sus hijos menores de 16 años.
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El trámite para realizar las asignaciones familiares y aumentar la pensión puede realizarse de forma presencial o en línea:
Debes ir a la Unidad de Medicina Familiar correspondiente, al área de Control de Prestaciones Económicas, donde te pedirán los documentos correspondientes.
Tienes que llevar una identificación oficial (puede ser INE o pasaporte).
Un comprobante de domicilio reciente.
Acta de matrimonio o nacimiento, según el tipo de beneficiario.
En caso de concubinato, una resolución judicial que acredite la relación.
Para registrar a los padres, se debe presentar resolución judicial que confirme la dependencia económica.
Para hacer el trámite en línea en Mi Pensión Digital, por medio del portal oficial del IMSS, cuya página es https://www.imss.gob.mx/pensiones/pension-digital. Dentro, llena todos los campos que te solicite el sistema.
El incremento está dirigido a pensionados que cuenten conbeneficiarios económicos, el monto puede elevarse hasta un 25, dependiendo del número y tipo de beneficiarios registrados. Por ejemplo, si añades a las asignaciones familiares a tu esposa o concubina, o bien, a un hijo puedes alcanzar el porcentaje mencionado.
En caso de que no tengas esposa, concubina ni hijos, brindarán un 10% a cada uno de los padres del pensionado si son dependientes económicos.
Esposa o concubina, con un aumento del 15%.
Hijos menores de 16 años, con un 10% adicional.
Hijos de hasta 25 años que sigan estudiando en instituciones incorporadas al Sistema Educativo Nacional, con un 10% adicional.
Hijos con discapacidad permanente, quienes también pueden generar una asignación del 10% sin límite de edad.
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