SCJN Valida Cobro a Plataformas Digitales por Aprovechamiento de la Infraestructura de la CDMX

|

N+

-

Determinó que es válido el cobro del 2% por concepto de “uso y aprovechamiento de la infraestructura” de la CDMX, a las plataformas digitales que ofrecen servicio de mensajería

SCJN Valida Cobro a Plataformas Digitales por Aprovechamiento de la Infraestructura de la CDMX

Sesión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Noviembre 27, 2025. Foto: Cuartoscuro | Archivo

COMPARTE:

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es válido el cobro del 2% por concepto de “uso y aprovechamiento de la infraestructura” de la Ciudad de México, a las plataformas digitales que ofrecen servicio de mensajería.

Hugo Aguilar, ministro presidente de la SCJN, indicó:

Aquí en la Ciudad de México el artículo 10 dispone lo siguiente: Son aprovechamientos los ingresos que perciba la Ciudad de México por funciones de derecho público, hasta ahí es coincidente con la Federación, y por el uso, aprovechamiento o explotación de bienes del dominio público distintos de las contribuciones

Una mayoría de siete ministros revocaron un amparo otorgado a Uber, por considerar que el aprovechamiento con fines de lucro de las instalaciones de la ciudad debe ser recompensado. 

La ministra Lenia Batres fue ponente del proyecto aprobado.

Por eso el gravamen, aprovechamiento, a las empresas propietarias de plataformas digitales, puede reparar o coadyuvar a reparar a la ciudad el desgaste que se origina por el uso excesivo de su infraestructura

Los ministros que votaron en contra consideraron que el cobro validado es un impuesto y transgrede la seguridad jurídica.

Irving Espinosa, ministro de la SCJN, precisó:

Sí constituye un impuesto, pues el legislador local advirtió una actividad económica generadora de riqueza, como son los modelos de negocio digital que genera ingresos, ya sea por comisiones o por tarifas que cobren y que su imposición se fija de manera unilateral, pues los gobernados que se encuentran obligados al pago no reciben ninguna contraprestación, ni servicio por parte del Estado

Ley del Registro Civil de Sonora

En otro asunto, el Pleno nuevamente dio un plazo de 90 días al Congreso de Sonora para que reforme su Ley del Registro Civil para que los menores de edad trans puedan obtener una nueva acta de nacimiento con el cambio de nombre y género.

Historias recomendadas:

Con información de Jessica Murillo
LECQ