Visitas de Verificación del SAT: Publican Lista de Actividades Sujetas a Inspección Domiciliaria
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SAT intensifica campaña de información y orientación dirigida a sujetos obligados que realizan "actividades vulnerables"

Oficinas del Servicio de Administración Tributaria. Foto: Cuartoscuro
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) intensificó a partir de este año su campaña de información y orientación dirigida a sujetos obligados que realizan "actividades vulnerables" a través de la actualización de su minisitio especializado en la materia y la expansión de su programa "Tríptico".
Vía un comunicado, la autoridad explicó que el objetivo de su campaña es promover la regularización y cultura del cumplimiento dentro de este sector y fortalecer el combate a operaciones con recursos de procedencia ilícita.
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Con dichas herramientas de consulta, las personas pueden identificar si realizan de manera habitual o profesional alguna actividad considerada vulnerable por la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), así como conocer los derechos y obligaciones a las que están sujetas.
¿Qué es una "actividad vulnerable"?
De acuerdo con el SAT, se consideran “actividades vulnerables” las actividades económicas lícitas, comerciales, profesionales o de servicios que por su naturaleza son susceptibles de ser objeto de realizar operaciones con recursos de procedencia ilícita.
¿Cuáles son las "actividades vulnerables"?
El mencionado ordenamiento cataloga como actividades vulnerables a las siguientes:
- Juegos con apuesta, concursos o sorteos
- Emisión o comercialización de tarjetas de servicios y prepagadas
- Emisión y comercialización de cheques de viajero
- Ofrecimiento de mutuo o garantía por sujetos distintos a las entidades financieras
- Realización de actividades de construcción o desarrollo de bienes inmuebles
- Recepción de recursos que se destinen para llevar a cabo un desarrollo inmobiliario cuya finalidad sea su venta o renta.
- Comercialización de metales y piedras preciosas, joyas y relojes
- Subasta o venta de obras de arte
- Comercialización de vehículos aéreos, marítimos o terrestres
- Servicios de blindaje de autos o inmuebles
- Traslado o custodia de valores y dinero
- Servicios profesionales para realizar acciones a nombre de un cliente
- Servicios de fe pública
- Recepción de donativos
- Servicios de comercio exterior (agente o apoderado aduanal)
- Derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles
- Proveedores de activos virtuales
A través del renovado "Minisitio de Actividades Vulnerables" del SAT, los sujetos obligados pueden identificar dónde darse de alta en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero y presentar avisos o informes como lo establece la ley; además, pueden consultar los apartados de las 17 actividades vulnerables, para conocer las obligaciones que corresponden a cada una de ellas.
Con este fin, de forma adicional, desde febrero pasado se han distribuido físicamente un millón 909 mil 761 trípticos con los cuales se orienta a los sujetos obligados sobre cómo darse de alta en el padrón, identificar a los clientes o usuarios, verificar su identidad y solicitar información sobre su actividad u ocupación, entre otras.
#ComunicadoSAT
— SATMX (@SATMX) October 28, 2025
El SAT informa que intensificó su campaña de información y orientación dirigida a sujetos obligados que realizan Actividades Vulnerables.
De esta manera, la autoridad fiscal continúa fortaleciendo las acciones de combate y prevención del lavado de dinero, además… pic.twitter.com/6Ppzdtoguo
¿En qué casos el SAT realiza visitas de verificación domiciliarias?
De acuerdo con el tríptico digital del SAT, sin previo aviso, la autoridad verificadora acude al domicilio de quien realice dichas actividades vulnerables, donde solicita su presencia o la de su representante legal, en caso de no encontrarse.
En ese momento procede a iniciar la verificación con quien sea la persona responsable, encargada u ocupante del establecimiento.
¿Cuáles son las multas por no permitir la visita de verificación?
En el caso de no permitir el acceso o negar la información que solicite la autoridad verificadora, y de no brindar las facilidades para que se realice la visita, puede aplicarse a la persona verificada una multa que va de 200 y hasta 2 mil UMAS.
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AMP