Nuevas Reglas para Pipas de Gas LP: Requisitos que Deben Cumplir para Transporte y Distribución
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La presidenta Claudia Sheinbaum destaca las nuevas normas para la regulación del transporte y distribución de gas LP

Choferes de pipas durante protesta en abril de 2020 en Edomex. Foto: Cuartoscuro
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El Gobierno de México anunció hoy, 2 de octubre de 2025, las nuevas normas para la regulación del transporte y distribución del gas LP en nuestro país.
Durante su conferencia de prensa mañanera, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo informó que se trata de dos normas emergentes publicadas de manera conjunta con las secretarías de Energía (Sener) y de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), para el transporte particularmente de gas licuado de petróleo.
La mandataria nacional informó que el objetivo es que las pipas no tengan fugas, que vayan a una velocidad controlada y que exista una vigilancia permanente, por lo que resumió las normas en 3 puntos básicos:
- Se realizarán pruebas y no solo inspección visual de las unidades que transporten el gas LP.
- Deberán tener GPS todos los vehículos que transporten el gas, ya sea a centros de almacenamiento o a viviendas y comercios, así como un “gobernador de velocidad” y se creará un centro especial de monitoreo en Sener.
- Entrará toda la regulación relacionada con seguridad industrial y no con transporte.
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Sener presenta detalles de las nomas
Luz Elena González Escobar, titular de la Sener, indicó que hoy mismo se enviarán al Diario Oficial de Federación (DOF) las dos nuevas normas para su publicación.
Explicó que actualmente existe la Norma 007SESH 2010, que regula las actividades de transporte y distribución de gas LP.
- Transporte: Actividad que se da desde las refinerías a las plantas o terminales de almacenamiento y distribución.
- Distribución: Conocida como la última milla, es decir, desde las terminales hasta la venta final en empresas o casa habitación.
Así, detalló que las dos normas emergentes complementarán la regulación en la norma actual y serán más específicas para cada una de esas dos actividades (cada una tendrá su instrumento normativo con características puntuales).
Estos son los nuevos requisitos y obligaciones
La secretaria de Energía informó qué se fortalecerá y cuáles serán los requisitos y obligaciones:
- Será obligatorio presentar ante la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) el dictamen que compruebe el cumplimiento del programa de mantenimiento a las unidades.
- Se exigirá la acreditación de pruebas de seguridad: Deberán realizarse inspecciones visuales externas pero también internas de las unidades, pero además los permisionarios tendrán que presentar periódicamente las pruebas de presión hidrostática (son las que permiten garantizar que los contenedores puedan operar de manera más segura en las condiciones de presión propias de la actividad).
- Certificación y formación adecuada de conductores en manejo y seguridad industrial: Se establecerá la obligación de contar con programas internos de capacitación y que se acredite la capacitación teórica-práctica a través de un estándar de competencia específico, desarrollado por la ASEA, Sener y SICT.
- Control de velocidad e instalación de GPS como medidas para el monitoreo de las unidades. Se obligará a contar con “gobernadores de velocidad”, es decir, aditamentos de control de velocidad.
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Normas, obligatorias para todas las pipas
González Escobar agregó que ambas normas serán obligatorias para todas las unidades de transporte y distribución de gas LP:
- Todas las unidades contarán con un plazo de 4 meses para el cumplimiento.
- Las unidades con capacidad mayor a 5 mil litros y antigüedad mayor a 10 años contarán con 4 meses para su cumplimiento.
- El resto de las unidades podrán demostrar su cumplimiento en los siguientes 6 meses.
Estamos priorizando que sean las unidades de mayor capacidad y antigüedad las que empiecen a acreditar estas obligaciones.
Añadió que adicionalmente a las normas, la SICT, la Comisión Nacional de Energía y la ASEA realizarán inspecciones conjuntas en plantas de distribución con criterios homologados, donde se revisará lo siguiente:
- Condiciones físico-mecánicas de las unidades.
- Condiciones y elementos de seguridad del recipiente de transporte.
- Vigencia de los permisos de operación.
- Registro del padrón vehicular.
- Evidencia de cumplimiento de obligaciones de NOMs aplicables.
“Con la emisión de estas dos nuevas normas se transita hacia un esquema regulatorio en el que las cuatro instituciones reconocemos que la velocidad, condiciones de manejo y estado de las unidades de transporte y distribución de gas LP no solo son materia de tránsito, sino que también, esencialmente, son materia de seguridad industrial y operativa”, dijo.
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Garantizar que no haya más accidentes como en Iztapalapa
Posteriormente, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo indicó que se trata de normas que tienen dos finalidades, la primera es garantizar al máximo que no haya accidentes como el del puente de La Concordia, en Iztapalapa, que dejó saldo de al menos 31 muertos.
Mientras que el segundo objetivo tiene que ver con la legalidad del transporte de combustible.
Al respecto, González Escobar precisó que las nomas complementan la norma actual para la seguridad industrial.
Recordó, por ejemplo, que ahora todo el autotransporte deberá tener un QR, no solo las pipas de que transportan y distribuyen gas LP.
“Todo transporte que lleve diésel, gasolina, turbosina, cualquier combustible, incluido el gas LP, a partir del 15 de octubre tiene que llevar una calcomanía, que la manda la Comisión Nacional de Energía (CNE)”, puntualizó por su parte Sheinbaum.
Agregó que esa calcomanía tiene que llevar el QR visible, el cual contará con información sobre a quién se le compró el combustible y a quién se le va a vender.
Si en las inspecciones correspondientes la Guardia Nacional detecta que la unidad no lleva el QR o bien es falso, avisará a las autoridades para incautar el vehículo y abrir una investigación.
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Con información de N+.
spb