Aprueba Congreso Exentar de Impuestos a Empresas que Participen en Mundial 2026
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El Congreso aprobó exentar de impuestos a empresas que participen en la organización y desarrollo del Mundial de Futbol 2026; el SAT emitirá las reglas para los beneficiarios en coordinación con FIFA

Aprueba Congreso Exentar de Impuestos a Empresas que Participen en Mundial 2026. Foto: Cuartoscuro.
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El Congreso mexicano aprobó exentar de impuestos a las empresas que participen en la organización y desarrollo del Mundial de Futbol 2026, como parte de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026.
El proyecto fue enviado a la presidenta Claudia Sheinbaum para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y posterior entrada en vigor. Lo anterior, debido a que forma parte de las garantías asumidas con la FIFA en 2018.
El aval se concretó este miércoles 29 de octubre luego de que el Senado aprobó el dictamen sobre la LIF con 79 votos a favor y 37 en contra, y que previamente había sido aprobado por los diputados.
En la iniciativa del Ejecutivo se propuso liberar de cargas tributarias y administrativas a las personas físicas y morales que participen en la organización, desarrollo y realización de actividades vinculadas con el Mundial 2026, pues México será una de las sedes de la competencia internacional. Esto contempla a empresas residentes en el país o en el extranjero.
¿Por qué se 'perdonarán' impuestos?
El documento argumenta que ese evento es una ocasión histórica para detonar beneficios económicos, turísticos y sociales, y así proyectar al país ante el extranjero de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo y con la visión a largo plazo del Plan México.
Para ello, se autorizó modificar el artículo vigésimo quinto transitorio de la LIF para facultar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) la emisión de reglas para identificar a los posibles beneficiarios de las exenciones tarifarias.
"(El SAT) deberá precisar los alcances y condiciones en que se tendrán por cumplidas las obligaciones fiscales derivadas de las actividades vinculadas con la competencia relativas al pago, retención, recaudación y entero", se indicó.
Los beneficiarios quedarán exentos del cumplimiento de las obligaciones formales respecto a las pruebas, partidos y otros eventos a partir del último cuatrimestre del ejercicio fiscal 2025.
Para la ejecución operativa, la FIFA deberá identificar a las compañías y personas y tendrá que proporcionar datos como nombre, razón social, RFC, su carácter de participación, ya sean subsidiarias, contratistas, o confederaciones.
También tendrá que otorgar la cantidad de ingresos que se obtendrán en México por el Mundial, las actividades, así como la ciudad donde se realizarán sus operaciones.
¿Quiénes no podrán aplicar a los beneficios?
La iniciativa presidencial establece que las siguientes empresas no podrán recibir las exenciones fiscales relacionadas con la organización del Mundial 2026 en México:
- Empresas o personas incluidas en la lista negra del SAT, es decir, aquellas publicadas conforme al artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (por emitir facturas falsas o simular operaciones).
- Contribuyentes que no hayan desmentido las irregularidades detectadas en los procedimientos de los artículos 69-B y 69-B Bis (empresas fachada o que deducen operaciones inexistentes).
- Quienes tengan créditos fiscales firmes (deudas con el SAT) sin pagar o sin garantía suficiente.
- Contribuyentes con el certificado de sellos digitales cancelado por el SAT (lo que impide emitir facturas).
- Personas físicas o morales involucradas en delitos fiscales, ya sea porque:
- Fueron vinculadas a proceso penal o sentenciadas por delitos fiscales, o
- Son socios o accionistas de empresas que estén en esas mismas condiciones.
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ASJ