Ley contra Franeleros Llegó a Congreso CDMX: En Estos Casos Aplicaría Castigo con Cárcel

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Conoce aquí en qué consiste la reforma para sancionar el uso indebido del espacio público que realizan los “franeleros”

Personas que apartan lugares en las calles usan botes de plástico para que ciudadanos no se estacionen

Personas que apartan lugares en las calles usan botes de plástico para que ciudadanos no se estacionen. Foto: Cuartoscuro

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El Gobierno de la Ciudad de México (CDMX) presentó ante el Congreso capitalino la iniciativa de reforma a la Ley de Cultura Cívica que busca sancionar el uso indebido del espacio público que hacen los llamados “franeleros”, la cual plantea incluso penalizaciones de arresto inconmutable.

En N+ te contamos los detalles sobre esta iniciativa de reforma y en qué casos aplicaría la cárcel, de acuerdo con lo propuesto por las autoridades.

Congreso recibe reforma

En sus redes sociales, el Congreso de la Ciudad de México dio a conocer que la presidenta de la Mesa Directiva, Martha Ávila, ya informó de dicha iniciativa suscrita por la Jefa de Gobierno de la CDMX, Clara Brugada.

La cual, indicó el Congreso en X, es para establecer infracciones a la problemática de apropiación indebida del espacio público que realizan las personas conocidas como “franeleros”.

¿Qué dice la iniciativa de reforma?

La iniciativa de reforma, según el Gobierno capitalino, permitirá sancionar el uso ilegal de la vía pública, que además propicia otros delitos como amenazar, robar, golpear y condicionar pagos.

Por ello, la propuesta es elevar las sanciones a 36 horas de arresto inconmutable contra personas que exijan, coaccionen, intimiden de cualquier manera a otra persona para obtener un pago por vigilar vehículos.

Además, la reforma irá acompañada de una campaña de concientización sobre el respeto al espacio público con el lema “el espacio público es de todas y todos”.

En esa campaña se explicará qué conductas están prohibidas y qué sanciones aplican, con el fin de dar herramientas a la ciudadanía para que ejerza y defienda su derecho de manera pacífica a una ciudad ordenada, habitable y segura.

La mandataria capitalina además comentó que se atenderá a los franeleros con empleo y emprendimientos; a través de la Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo (STYFE) se dialogará con personas y agrupaciones para lograr concertación y ofrecer otras opciones laborales.

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¿En qué casos habrá arresto de 36 horas?

La consejera Jurídica y de Servicios Legales del gobierno capitalino, Eréndira Cruzvillegas Fuentes, expuso la iniciativa que contempla modificaciones a varios artículos de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México.

Entre ellos está el artículo 28 bis:

  • La fracción primera establece una infracción sobre apartar con cualquier objeto un estacionamiento en vía pública. 
  • La segunda fracción se refiere a obstaculizar o impedir el uso del espacio público para estacionarse. 
  • La tercera fracción se refiere a exigir, coaccionar o intimidar de cualquier manera a una persona para obtener un pago por vigilar, cuidar y lavar vehículos.

Mientras que en el artículo 31 se establece la infracción de tipo F y en este caso la persona juzgadora hará la evaluación del tipo de afectación:

Donde “franeleros” o el “viene viene” coaccione, intimide o presione para cobrar una cuota por el uso del espacio para estacionamiento, tendrá una sanción de 36 horas de arresto y no habrá posibilidad de sustituir dicha medida por otra, como el pago de una multa o trabajo comunitario.

Según la funcionaria, la infracción tiene un arresto inconmutable por la afectación que se da y que se vincula a cuatro artículos del Código Penal: el 148, que tiene que ver con la extorsión; el 209, con amenazas; el 224, con robo y robo de autopartes, y el 130, con lesiones.

Actuación policial en casos de flagrancia

De igual manera, expresó que la Ley establece que de manera oficiosa los policías, aunque no haya ninguna queja formal, sino de flagrancia, intervendrán para garantizar la vida en paz y que no haya afectaciones ni agresiones, garantizando la movilidad.

El respecto, Pablo Vázquez Camacho señaló que se procederá de manera habitual como se hace en la justicia cívica.

Si la persona nos dice: “me obligaron, me coaccionó a realizar el pago”, o como puede suceder: “lavó el vehículo y no quería y ahora me está obligando a hacer un pago”; pero también como cualquier otra falta cívica, se podrá realizar la queja ante el juzgado, presentar la información que considere el quejoso, y ya el juzgador verá si manda a llamar a la persona o no, y en eso podemos asistir nosotros, para que se dé la audiencia ante el juzgador cívico.

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Con información de N+.

spb