¿Qué Deudas Eliminará el Buró de Crédito en Junio de 2026? Listado por Montos de Dinero

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La ley establece que estos registros deben borrarse en plazos que van desde uno hasta seis años; aqu´te expicamos cómo funciona

¿Qué Deudas Eliminará el Buró de Crédito en Junio de 2026? Listado por Montos de Dinero

No es necesario esperar a que se cumplan estos plazos para mejorar la situación crediticia. Foto: Cuartoscuro

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La información de los créditos registrados en la base de datos del Buró de Crédito no se guarda para siempre. De acuerdo con la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y las Reglas Generales del Banco de México, el historial crediticio se actualiza y elimina de forma automática tras cumplir determinados periodos de tiempo, los cuales se calculan según el monto total del adeudo.

Como Sociedad de Información Crediticia (SIC), el Buró de Crédito tiene la función de integrar el comportamiento de pago y la trayectoria de las personas para entregar reportes a los otorgantes de crédito (como bancos e instituciones financieras). Sin embargo, la ley establece que estos registros deben borrarse en plazos que van desde uno hasta seis años.

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Listado de eliminación de deudas por montos de dinero

El borrado de los registros en la base de datos funciona bajo el siguiente orden y equivalencias en Unidades de Inversión (UDIS):

  • Deudas de 25 UDIS o menos (aproximadamente 206 pesos): Se eliminan de la base de datos después de un año.
  • Deudas menores a 500 UDIS (aproximadamente 4 mil 121 pesos): Se eliminan después de dos años.
  • Deudas menores a mil UDIS (aproximadamente 8 mil 241 pesos): Se eliminan después de cuatro años.
  • Deudas mayores a mil UDIS: Se eliminan después de seis años, siempre y cuando el adeudo total sea menor a las 400 mil UDIS.

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¿Cuáles se borrarán específicamente en junio de 2026?

Tomando en cuenta los plazos legales, durante el mes de junio de 2026 se eliminarán de los historiales los siguientes registros:

  • Las deudas menores a 25 UDIS que cumplan un año desde que el otorgante reportó el atraso o actualizó la información por última vez.
  • Los adeudos menores a 500 UDIS que cumplan exactamente dos años de antigüedad en el reporte.
  • Las deudas menores a mil UDIS que cumplan cuatro años desde el momento en que se registró el atraso en el pago.
  • Las deudas mayores a mil UDIS (y menores a 400 mil UDIS) que en este periodo cumplan los seis años reglamentarios.

Recomendación de las autoridades financieras

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), organismo público descentralizado dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), recordó a la población que no es necesario esperar a que se cumplan estos plazos para mejorar la situación crediticia.

"Si te pones al corriente, esto se reflejará en tu historial y mostrará que estás cumpliendo con tus pagos", recomendó la institución, señalando que liquidar los adeudos vigentes es la vía directa para sanear el reporte ante las entidades financieras de manera inmediata.

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