A Partir de Este Miércoles Comienza el Pago de Utilidades 2026: Esta Cantidad te Corresponde
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La PTU es una prestación obligatoria que reconoce la contribución de los trabajadores en las ganancias de las empresas

La PTU es un derecho de los trabajadores. Foto: Cuartoscuro
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A partir del miércoles 1 de abril de 2026 inicia el periodo formal para que los empleadores realicen el pago correspondiente a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), una prestación obligatoria que reconoce su contribución a las ganancias de las empresas.
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¿Quiénes tienen derecho al reparto?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el pago corresponde a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más, según su declaración fiscal anterior, y que tengan más de un año en funcionamiento.
El derecho aplica para trabajadores en activo, ex-empleados de planta y eventuales, así como aquellos que hayan estado en periodos de incapacidad temporal o maternidad, ya que estos días se consideran como laborados.
¿Cómo se calcula el monto que recibirás?
El monto total a repartir se divide en dos partes iguales para determinar la cantidad individual:
- Por días trabajados: El 50% se reparte proporcionalmente entre todos los trabajadores, considerando exclusivamente el número de días laborados por cada uno en el año.
- Por nivel de ingresos: El otro 50% se reparte en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
El monto de la participación de utilidades tendrá un límite máximo, aplicándose el que resulte más favorable al trabajador:
- Tres meses del salario del trabajador.
- El promedio de la participación recibida en los últimos tres años.
Fechas límite para el depósito
El cumplimiento de esta obligación depende del tipo de patrón para el que se labore:
- Si trabajas para una empresa (persona moral): El periodo de pago es del 1 de abril al 30 de mayo de 2026.
- Si trabajas para un patrón (persona física): El periodo de pago es del 1 de mayo al 29 de junio de 2026.
¿Qué empresas no están obligadas?
El gobierno de México precisa que quedan exentas de este reparto las empresas de nueva creación (durante su primer año de funcionamiento), las instituciones de asistencia privada sin fines de lucro, el IMSS y organismos públicos descentralizados con fines culturales o de beneficencia.
Si el trabajador no recibe su pago en los plazos estipulados o tiene dudas sobre el monto asignado, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece asesoría legal gratuita, personalizada y confidencial. Los trabajadores disponen de un año, a partir de la fecha en que la obligación se haga exigible, para reclamar el pago de sus utilidades.
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AMP