SAT Multará con hasta 173 Mil Pesos a Contribuyentes que No Hicieron este Trámite en Mayo 2025
Los contribuyentes que no presentaron este trámite pueden ser merecedores de la restricción o cancelación de su certificado de sello digital

Los contribuyentes que no presentaron este trámite pueden ser merecedores de la restricción o cancelación de su certificado de sello digital

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) reconoció "la responsabilidad" de las empresas y personas con actividad empresarial que cumplieron puntualmente con la presentación del dictamen fiscal correspondiente al ejercicio 2024.
La presentación oportuna de este dictamen, dijo en un comunicado la autoridad fiscal, no solo refleja el compromiso con el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sino que también "fortalece la transparencia y confianza" en el sistema tributario de México.
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"Este logro no sería posible sin el acompañamiento y la colaboración del gremio contable, cuya labor es fundamental para consolidar un sistema fiscal sólido, que permita contar con los recursos necesarios para impulsar las políticas públicas que favorecen el crecimiento económico y el bienestar de toda la población", subrayó.
El dictamen fiscal comprende el informe de un contador público autorizado, quien emite su opinión sobre la naturaleza, alcance y resultado de la situación financiera del contribuyente.
El plazo para la presentación del dictamen fiscal 2024 de estados financieros fue del primero de enero al 15 de mayo de este año.
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Esta obligación fiscal aplica para empresas que en el ejercicio 2024 acumularon ingresos iguales o superiores a mil 855 millones 919 mil 380 pesos para el impuesto sobre la renta o que tengan acciones colocadas en la bolsa de valores.
Las empresas y personas físicas con actividad empresarial tienen la opción de presentarlo si:
Sus ingresos acumulables superan los 157 millones 785 mil 270 pesos.
El valor de sus activos es superior a 124 millones 650 mil 380 pesos.
Al menos 300 de sus trabajadores le prestaron servicios en cada mes del ejercicio declarado.
La ley establece sanciones por la omisión en el cumplimiento de esta obligación que van desde los 17 mil 330 pesos a los 173 mil 230 pesos.
De igual forma, los contribuyentes que no presentaron este pueden ser merecedores de la restricción o cancelación de su certificado de sello digital (CSD).
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