¿Se Adelanta la PTU? A Partir de Este Día de 2026 Empieza a Caer Pago de Reparto de Utilidades
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El periodo legal para que el dinero llegue a los trabajadores está próximo a comenzar; aquí te decimos las fechas y todo lo que debes saber de este derecho laboral

El Reparto de Utilidades es un derecho para todos los trabajadores. Foto: Cuartoscuro
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Con el cierre del primer trimestre del año, una de las mayores expectativas para la fuerza laboral en México es el Reparto de Utilidades (PTU). Aquí en N+ te decimos cuándo debe verse reflejado este derecho constitucional en la cuenta bancaria de los trabajadores, según el calendario oficial y las disposiciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
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¿Hay un adelanto en el pago?
De acuerdo con la normativa vigente y el portal oficial de la STPS, el proceso del reparto de utilidades está estrictamente ligado a la presentación de la Declaración Anual ante el SAT.
Si bien las empresas (personas morales) presentan su declaración en marzo, el periodo legal para que el dinero llegue a los trabajadores comienza formalmente el 1 de abril y concluye en mayo y junio, dependiendo del tipo de patrón.
Fechas clave para el pago de PTU en 2026
Para este ciclo fiscal, los periodos de pago establecidos por la Ley Federal del Trabajo son los siguientes:
- Si trabajas para una empresa (persona moral): El periodo de pago es del 1 de abril al 30 de mayo.
- Si trabajas para un patrón (persona física): El periodo de pago es del 1 de mayo al 29 de junio.
Es importante aclarar que, aunque el derecho se genera desde que la empresa declara sus ganancias en marzo, el patrón tiene un plazo de 60 días posteriores a la presentación de dicha declaración para efectuar el pago a sus empleados.
¿Quiénes tienen derecho a recibirlo?
El Reparto de Utilidades es un derecho para todos los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más, según su declaración fiscal, y que tengan más de un año de funcionamiento.
Tienen derecho:
- Trabajadores de planta y eventuales.
- Exempleados que hayan trabajado en el ejercicio fiscal anterior (2025) por el periodo mínimo de 60 días.
No participan:
- Directores, administradores y gerentes generales.
- Socios o accionistas.
- Prestadores de servicios profesionales (honorarios).
- Trabajadores del hogar.
¿Cómo se calcula el monto?
La utilidad repartible se divide en dos partes iguales:
- Por días trabajados: Se reparte por igual entre todos los trabajadores, considerando el número de días laborados por cada uno en el año.
- Por salarios devengados: Se reparte en proporción al monto de los salarios recibidos por el trabajo prestado durante el año.
Es fundamental recordar que existe un límite para el cobro de la PTU. El monto a recibir tiene como tope máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, lo que resulte más favorable para el empleado.
¿Qué hacer si no te pagan?
Si vencidos los plazos legales (30 de mayo o 29 de junio, según corresponda) no se recibe el pago, la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) pone a disposición asesoría legal gratuita. Los trabajadores tienen un plazo de un año para reclamar este derecho.
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