¿Los Repartidores Reciben Aguinaldo 2025? Así Aplica Pago para Trabajadores de Plataformas
N+ | Selene Alonzo Romero
El aguinaldo es un derecho de los trabajadores respaldado por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo desde 1970

¿Los repartidores recibirán aguinaldo en 2025? Te decimos. Foto: Cuartoscuro.
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El aguinaldo no sólo es un beneficio económico es un derecho de los trabajadores en México, respaldado por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. Éste se paga antes del 20 de diciembre, y ante la proximidad de la fecha han surgido dudas sobre su distribución. Por ello, en N+ te explicamos qué pasa con los repartidores y el aguinaldo en 2025.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el pago del aguinaldo le corresponde a todos los trabajadores: de base, de confianza. sindicalizados, por obra o tiempo determinado y aquellos que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.
Dado el interés que genera en el bolsillo de los mexicanos, te compartimos ¿Cómo Calculo mi Aguinaldo? Así Sabes Cuánto Dinero te Pagarán si Trabajaste Menos de Un Año, mientras que a los jubilados explicamos ¿Cuánto Recibirán de Aguinaldo los Pensionados del IMSS en Noviembre de 2025? Monto Oficial.
La Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la Ciudad de México dio a conocer que los trabajadores ya no son "socios" o "colaboradores" sino trabajadores con todos los derechos desde el 22 de junio de 2025.
¿Los repartidores recibirán aguinaldo en 2025? Esto sabemos
De acuerdo con la Reforma a la Ley Federal del Trabajo en Materia de Plataformas Digitales que entró en vigor en este año, aquellos que trabajan mediante plataformas digitales de reparto o transporte de personas y generan al menos un salario mínimo mensual en la Ciudad de México tienen una relación formal laboral con la empresa.
Ello se traduce en que tienen acceso a seguridad social, aguinaldo, protección contra despidos injustificados y reglas claras y transparentes sobre cómo se asigna el trabajo.
¿Cómo se paga el aguinaldo a los repartidores de plataforma?
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Gobierno de México establece que el pago por cada tarea o servicio que reciben los repartidores ya incluye la parte proporcional del aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y descanso semanal.
El pago de este beneficio económico está integrado en las dispersiones económicas que les hace la plataforma, aun cuando trabajen por periodos irregulares o discontinuos.
Ante cualquier duda sobre este beneficio, los trabajadores se pueden acercar a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. En las oficinas del Centro Federal de Conciliación y Registro laboral, así como vía telefónica en 800 911 7877 o por correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx.
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