Establecen 60 Años de Prisión por Crímenes de Odio en Colima
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El Congreso de Colima aprobó una reforma para castigar con penas de hasta 60 años de prisión el homicidio motivado por odio; es la tercera entidad del país en tipificar el delito

Establecen 60 Años de Prisión por Crímenes de Odio en Colima. Foto: Cuartoscuro.
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El Congreso de Colima aprobó una reforma al Código Penal para establecer penas de hasta 60 años de prisión por homicidio motivado por odio por orientación sexual, identidad de género o expresión de género.
La entidad se convirtió en la tercera a nivel nacional, después de Sinaloa y la Ciudad de México, en tipificar este delito.
Alfredo Álvarez, diputado local de Morena, dijo que se agravaron los castigos.
"Ahora lo que hicimos en el Congreso del Estado de Colima, que somos el tercero hacerlo en todo el país, es que recrudecemos las penas", dijo.
Durante 2025 e inicios de 2026, activistas denunciaron el recrudecimiento de la violencia hacia la comunidad LGBTTTIQ+, incluyendo transfeminicidios y desapariciones, con demandas de justicia por crímenes de odio no esclarecidos.
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Roberto Macías, activista del comunidad LGBTTTIQ+, dijo que este tipo de delitos son cometidos por las parejas o por cualquier persona que justifique que no va con sus creencias.
"Generalmente vienen cargados, de cómo la palabra, el término dice odio, muchas veces sí eran las parejas de las personas otras veces era algún otro ciudadano, ciudadana que pasaba, y simplemente por el hecho de que le incomodara por sus temas personales de creencias, atacar a alguien no”, señaló.
¿Cómo será el castigo?
Las reformas aprobadas al Código Penal del Estado de Colima, además de imponer multas equivalentes de novecientas a mil 500 unidades de medida, agregó cinco nuevas modalidades de homicidio y dos agravantes para considerarse este delito, entre ellas:
- Cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo
- Se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones
- Existan antecedentes de que se han cometido amenazas, acoso, violencia o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima
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Alejandra Santos, integrante del Colectivo Lovelia, dijo que lo positivo es fijar un delito que no se preste a la interpretación de juzgadores.
"El crimen de odio antes era una agravante y ahora con la correcta tipificación de los crímenes de odio, pues podamos tener un tipo penal autónomo, que desde el principio no se va a prestar a la interpretación de un juez", añadió.
Con estos cambios, la entidad endurece su marco legal con el objetivo de sancionar con mayor severidad los delitos motivados por discriminación.
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Con información de Bertha Reynoso
ASJ