Diputados Aprueban en Comisiones la Ley de Amparo; Quitan Transitorio de Retroactividad

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El dictamen de reforma a la Ley de Amparo fue aprobado en comisiones de la Cámara de Diputados, por lo que se espera que la iniciativa sea discutida en el pleno el martes 14 de octubre

Diputados Aprueban en Comisiones la Ley de Amparo; Va a Discusión en el Pleno.

Diputados Aprueban en Comisiones la Ley de Amparo; Va a Discusión en el Pleno.

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Diputados de Morena y sus aliados aprobaron en comisiones el dictamen de reformas a la Ley de Amparo que les fue turnado por el Senado, por lo que el proyecto de reforma se discutirá en el Pleno de San Lázaro; se eliminó el transitorio sobre retroactividad de la ley.

Tras un debate de poco más de cuatro horas, los legisladores avanzaron en el proceso legislativo desde las comisiones unidas de Justicia y de Hacienda y Crédito Público.

El aval fue con 56 votos a favor por parte de legisladores de Movimiento de Regeneración Nacional, del Partido del Trabajo (PT) y del Partido Verde Ecologista de México (PVEM). En la oposición se registraron apenas 11 sufragios en contra del PRI y el PAN.

La discusión en el Pleno será este martes 14 de octubre. La iniciativa fue enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum y se aprobó primero en la Cámara alta. 

Los diputados modificaron el artículo transitorio que establecía la retroactividad de la ley.

Con ello retomaron la iniciativa presidencial para precisar que los asuntos en trámite a la entrada en vigor del Decreto continuarán hasta su resolución final conforme a las disposiciones aplicables vigentes a su inicio.

Así fue el debate

El morenista Julio César Moreno, presidente de la Comisión Justicia, destacó que uno de los puntos centrales de la reforma es limitar los amplios efectos de las suspensiones y que se resuelvan los juicios más rápido.

"El objetivo central de la iniciativa es modernizar el juicio de amparo, entre sus puntos principales destacan limitar los efectos generales de las suspensiones, fortalecer el acceso a la justicia mediante medios digitales, agilizar la resolución de los juicios y revisar los criterios de interés jurídico y legítimo", dijo.

La oposición acusó un desmantelamiento del juicio de amparo.

El panista Homero Niño de Rivera dijo que los morenistas iban contra la ciudadanía que los eligió.

"Ustedes lo que están haciendo es debilitar las defensas que los ciudadanos tienen frente al Poder, el amparo es una figura de la que habíamos sido orgullosos históricamente los mexicanos, ustedes lo que están haciendo es traicionar a los ciudadanos que votaron por ustedes", señaló.

Emilio Suárez, del PRI, dijo que se "dejará" sin voz a luchadores sociales que defienden el medio ambiente o la salud.

"Desde la redefinición del interés legítimo, en cuya aplicación se restringirá la posibilidad de que organizaciones sociales, comunidades o grupos de ciudadanos defiendan causas colectivas que dejará sin voz a quienes luchan por el medio ambiente, la salud o la seguridad", añadió.

Olga Sánchez Cordero propone cambios

La ministra en retiro y diputada de Morena, Olga Sánchez Cordero, avaló algunos argumentos de la oposición y propuso cinco cambios a la reforma presidencial.

La ex secretaria de Gobernación manifestó su preocupación por las limitaciones a la justicia constitucional en las modificaciones sobre acciones colectivas.

Me preocupan por ejemplo las acciones colectivas o difusas como son las promovidas por la comunidad LGBT, por consumidores, por pueblos y comunidades indígenas, por grupos vecinales, por defensores del medio ambiente o por trabajadores jubilados

La definición que ahora se propone de interés legítimo individual o colectivo condicionado a demostrar un beneficio cierto derivado de la anulación del acto restringe, en mi opinión, el acceso a la justicia constitucional

Reginaldo Sandoval, coordinador del PT, dijo que la reforma fortalece la protección colectiva en lugar de beneficiar intereses particulares.

Esta reforma no restringe derechos, por el contrario, fortalece la protección colectiva al reconocer que el interés puede ser individual o social y que la justicia también debe servir a las causas comunes, no solo a los intereses particulares

Antes de la votación, el PAN abandonó la sesión y después de cuatro horas de debate las reformas a la Ley de Amparo se aprobaron con una abstención de la diputada Olga Sánchez Cordero.

¿En qué consisten las reformas?

La reforma establece que los juicios de amparo podrán realizarse completamente en línea mediante reglas uniformes que equiparan el valor de los expedientes electrónicos con los físicos.

Los jueces tendrán 90 días naturales para dictar sentencia una vez celebrada la audiencia constitucional, reduciendo los plazos procesales actuales. Además, los órganos jurisdiccionales podrán desechar de manera más ágil las recusaciones que tengan como fin dilatar el procedimiento.

En materia de interés legítimo, uno de los cambios más debatidos, la reforma precisa que la lesión jurídica puede ser individual o colectiva, eliminando el requisito de que sea "actual" y "directa".

Esto significa que se podrán promover amparos por lesiones inminentes o previsibles, y que el beneficio de la sentencia puede derivar de la pertenencia a un colectivo sin necesidad de particularización individual. El ajuste busca mantener abierta la protección de derechos difusos y colectivos.

Para las medidas cautelares, la reforma introduce criterios más detallados: los jueces deberán acreditar el interés suspensional, la apariencia del buen derecho y ponderar el interés social. Se precisa que la afectación al orden público aplica específicamente cuando se trate de actividades que requieran permisos, autorizaciones o concesiones federales que no se tengan o hayan sido revocadas.

En el ámbito fiscal, el Código Fiscal de la Federación incorpora nuevos supuestos de improcedencia del recurso de revocación cuando se trate de créditos fiscales ya determinados en resoluciones firmes o de solicitudes de prescripción sobre esos créditos.

La Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa se alinea con estos cambios, excluyendo de su competencia estas resoluciones para evitar que se promuevan juicios sobre actos ya resueltos de manera definitiva.

Un cambio significativo respecto a la iniciativa original es que se mantiene la responsabilidad individual de los servidores públicos que incumplan sentencias de amparo.

La propuesta inicial trasladaba esta carga al Estado, pero tras las audiencias públicas se decidió mantener el esquema vigente donde cada servidor público responde por su propio incumplimiento. Se suprimió la reforma a los artículos que regulan el cumplimiento de sentencias para que continúe operando el procedimiento actual.

Para obtener suspensiones en juicios que controviertan actos de ejecución o cobro de créditos fiscales firmes, se establecen de manera expresa las formas de garantía del interés fiscal que pueden constituir los promoventes, ampliando el plazo para exhibir el pago de la garantía a cinco días.

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Con información de Héctor Guerrero
 

ASJ