SCJN Ordena al IMSS Cubrir Lentes, Prótesis e Implantes Cocleares para Menores

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La SCJN declaró inconstitucional la norma del IMSS que excluía lentes, prótesis e implantes cocleares para menores, con efectos generales

La Corte argumentó que la exclusión de estos insumos vulneraba el interés superior de la niñez.

La Corte argumentó que la exclusión de estos insumos vulneraba el interés superior de la niñez. Foto: SCJN.

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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la norma que excluía de la cobertura del Seguro de Enfermedades y Maternidad del IMSS la dotación de dispositivos médicos esenciales para niñas, niños y adolescentes. La resolución, con efectos generales, obliga a todas las autoridades a garantizar esta protección de forma inmediata.

Lo que hace singular a la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 13/2025 es su alcance acotado: a diferencia de este tipo de resoluciones, que habitualmente aplican a toda la población, la Corte la emitió exclusivamente para menores de edad. Es la primera vez que el máximo tribunal del país resuelve de esta manera, lo que convierte al fallo en un precedente sin antecedente en la historia judicial mexicana. El proyecto estuvo a cargo de la ministra María Estela Ríos.

La decisión se originó en un amparo resuelto por la entonces Segunda Sala, que ordenó al IMSS brindar tratamiento integral a un menor derechohabiente con discapacidad auditiva al que se le había negado cobertura. A esa determinación se sumó la omisión del Congreso de la Unión de adecuar la legislación dentro del plazo constitucional.

¿Qué debe cubrir el IMSS para menores a partir de ahora?

Con la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 13/2025, el instituto quedó obligado a incluir en su cobertura:

  • Anteojos y lentes de contacto
  • Aparatos auditivos
  • Implantes cocleares
  • Prótesis externas
  • Órtesis externas

La Corte argumentó que la exclusión de estos insumos vulneraba el interés superior de la niñez y su derecho a la salud, reconocidos tanto en la Constitución como en tratados internacionales.

Las voces en contra: procedimiento y presupuesto

La resolución generó resistencia en el Pleno desde dos frentes distintos. El ministro Irving Espinosa advirtió, sin éxito, que lo aprobado no constituía en realidad una declaratoria general de inconstitucionalidad, sino la inaplicación de la norma para un grupo específico, una distinción técnica con implicaciones jurídicas de fondo.

Por su parte, la ministra Lenia Batres rechazó el fallo con base en consideraciones presupuestales. A su juicio, emitir la declaratoria sin evaluar previamente la capacidad financiera del instituto era un riesgo institucional que la Corte no estaba en posición de asumir.

"No podríamos, insisto, presumir que el IMSS tenga capacidad material y financiera para proporcionar estos insumos de forma generalizada, sin contar con evidencia técnica de infraestructura, presupuesto y recursos", argumentó la ministra, quien advirtió que la resolución generaría "un impacto estructural presupuestal relevante" sin los elementos necesarios para respaldarlo.

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CT