Pensión Alimenticia ¿Quién Puede Recibirla y Cómo se Calcula?

|

N+

-

La primera Sala de la SCJN determinó que la obligación de los alimentos va más allá del ámbito meramente alimenticio

Un padre camina con sus hijos

El derecho de recibir alimentos no es renunciable. Foto: Cuartoscuro

COMPARTE: