SAT da Prórroga a Contribuyentes y Establece Nueva Fecha Límite para Activar el Buzón Tributario

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El plazo para cumplir con esta obligación fiscal vencía mañana miércoles 31 de diciembre de 2025, pero la autoridad tributaria estableció una nueva fecha límite

SAT da Prórroga a Contribuyentes y Establece Nueva Fecha Límite para Activar el Buzón Tributario

Oficinas del Servicio de Administración Tributaria. Foto: Cuartoscuro/ Archivo

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) otorgó, una vez más, una prórroga a los contribuyentes para la aplicación de multas por la no habilitación del Buzón Tributario

El plazo para cumplir con esta obligación fiscal vencía mañana miércoles 31 de diciembre de 2025, pero la autoridad tributaria estableció una nueva fecha límite. 

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Desde 2020, habilitar el Buzón Tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto es un requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). 

¿Qué es el Buzón Tributario del SAT y para qué sirve?

El Buzón Tributario es un canal de comunicación del SAT con los contribuyentes, el cual tiene como propósito simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés, de manera ágil y segura. 

A través de este medio también es posible presentar:

  • Promociones
  • Avisos 
  • Dar cumplimiento a requerimientos de información del SAT

¿Cuál es la nueva fecha límite para habilitar el Buzón Tributario?

Según la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026 publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los contribuyentes tienen ahora hasta el 31 de diciembre del próximo año para cumplir con esta obligación fiscal. 

De lo contrario, a partir del primero de enero de 2027, no cumplir con esta obligación fiscal será motivo de infracción. 

¿Cómo habilitar mi Buzón Tributario?

Todos los contribuyentes inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) deben habilitar su Buzón Tributario en la fecha establecida. Para hacerlo, se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar a sat.gob.mx, dar clic en Buzón Tributario y luego en "Iniciar sesión".
  2. Seleccionar "Configuración" para agregar un correo electrónico, mientras que para modificar un medio de contacto se debe elegir el ícono "Editar".
  3. Recibirás un aviso electrónico para confirmar cada uno de los medios de contacto actualizados. 
  4. Confirmar el medio de contacto registrado dentro de las 72 horas posteriores al registro.

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