Armonización de Leyes Secundarias de la Reforma Judicial: Cambios en Materia de Amparo
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La consejera Jurídica de la Presidencia de México, Ernestina Godoy, explicó en qué consiste la armonización de Leyes secundarias en materia de la Reforma Judicial

La consejera Jurídica de la Presidencia de México, Ernestina Godoy Ramos. Foto: Presidencia
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La consejera Jurídica de la Presidencia de México, Ernestina Godoy Ramos, habló sobre la armonización de Leyes secundarias en materia de la Reforma Judicial. Te decimos en qué consisten los cambios en el juicio de amparo.
En conferencia de prensa mañanera hoy, 19 de septiembre de 2025, Ernestina Godoy recordó que ya se encuentran como iniciativa de ley en el Congreso para su dictaminación, específicamente en el Senado.
Las adecuaciones normativas están relacionadas con la reforma constitucional que se publicó el 15 de septiembre del año pasado, en esa reforma se establecen en los artículos 17 y 20, los plazos procesales para emitir resoluciones en dos materias: en materia tributaria, donde deberán resolver los juzgadores en un plazo máximo de 6 meses; y en materia penal, cuatro meses si se trata de delitos que no excedan de dos años de prisión y antes de un año si la pena excede de este tiempo.
Se fortalece el Juicio de Amparo y se homológan delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa
Ernestina Godoy indicó que es este segundo paquete de reformas se busca garantizar el acceso a la justicia, ya que "se establecen plazos y términos claros en todos los procesos", entre ellos el juicio de amparo, además de que se homológan los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
Se fortalece el juicio de amparo para que sea más ágil y sencillo con reglas muy precisas y claras. También se protege el orden público y el interés social, se incorporan nuevas herramientas tecnológicas para modernizar la justicia, se ajustan algunos recursos fiscales y se homologan los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
La consejera Jurídica explicó que se busca que el juico de amparo sea más ágil y así combatir los vacíos legales.
Quiero precisar que el Juicio de Amparo, como todos sabemos, está garantizado en la Constitución, la Constitución no se modifica, constituye el medio de defensa por excelencia del pueblo mexicano para la protección de sus derechos fundamentales. Actualmente, el juicio de amparo en su tramitación es tardado y lleno de tecnicismos y vacíos legales. Además no se encuentra a la vanguardia con los avances tecnológicos, lo que dificulta su acceso y efectividad, por ello es fundamental una reforma que de paso a una justicia efectiva que devuelva las bondades de dicho juicio de amparo.
Indicó que las modificaciones que tendrán los juicios de amparo son:
- Plazos y términos para una justicia pronta.
- Se establece un parte importante de Justicia digital, con plena validez legal, sin que esto sustituya la procedencia documentada.
- En cuanto al cumplimiento de la sentencia, las personas juzgadoras deben señalar quién debe cumplir la sentencia y qué le toca hacer.
- La suspensión del acto reclamado se fortalece con la metodología y requisitos de aplicación que deben tomar en cuanta las personas juzgadoras
- Se establecen reglas claras para la suspensión sin que se afecte el sistema financiero.
- Se establece reglas calaras para la suspension provisional y definitiva.
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Reforma a leyes secundarias:
- Código Nacional de Procedimientos Penales
- Ley Federal contra la Delincuencia Organizada
- Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
- Ley de Amparo Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
- Código Fiscal de la Federación
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Con información de N+
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