Ante Paro en el Poder Judicial, OAJ Aclara si Trabajadores Pueden Perder su Empleo
Empleados protestan en la sede de San Lázaro y colocaron cadenas en los accesos del inmueble

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Empleados protestan en la sede de San Lázaro y colocaron cadenas en los accesos del inmueble

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Trabajadores del Poder Judicial de la Federación (PJF) iniciaron un paro de actividades en la sede de San Lázaro durante las primeras horas de este viernes, en protesta por la evaluación periódica del desempeño que se aplicará al personal de carrera judicial.
La protesta comenzó con la colocación de cadenas en la entrada principal del edificio. Los empleados manifestaron su desacuerdo con el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), mediante el cual se establece la aplicación de evaluaciones periódicas.
Los inconformes consideran que esta disposición podría afectar su estabilidad laboral y sus derechos adquiridos.
Ante las movilizaciones, el OAJ difundió un posicionamiento en el que negó que los exámenes programados para diciembre de 2026 puedan ocasionar despidos o la pérdida de plazas del personal que integra la carrera judicial.
El organismo explicó que la Evaluación del Desempeño es una facultad establecida en el artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 32 y 36 de la Ley de Carrera Judicial.
Sin embargo, puntualizó que esta primera aplicación tendrá exclusivamente un carácter diagnóstico. Esto significa que no habrá calificaciones de aprobación o reprobación y que los resultados no tendrán efectos individuales sobre la permanencia o separación de los trabajadores.
Por lo tanto, el propósito de los exámenes no será determinar quién conserva su puesto, sino conocer las áreas en las que el personal necesita reforzar sus conocimientos y habilidades profesionales.
El Órgano de Administración Judicial indicó que el procedimiento busca detectar necesidades de capacitación, fortalecer la preparación de los trabajadores y contribuir a mejorar el servicio de impartición de justicia.
Asimismo, aclaró que la primera evaluación ordinaria, cuyos resultados sí tendrán los efectos contemplados en la legislación aplicable, se realizará una vez que concluyan las acciones de capacitación correspondientes.
El acuerdo establece esta distinción en sus artículos transitorios Cuarto y Quinto, en los que se determina que la primera etapa será únicamente diagnóstica.
FBPT