Congreso de Puebla Aprueba la Ley de Voluntad Anticipada
Con la finalidad de otorgar muerte digna a quienes la soliciten, este lunes se aprobó en el pleno la legalización de la eutanasia

Con la finalidad de otorgar muerte digna a quienes la soliciten, este lunes se aprobó en el pleno la legalización de la eutanasia

Este 15 de julio quedará marcado como un día histórico para la legislación en el estado de Puebla, además de la legalización del aborto, por mayoría de votos, también se aprobó la Ley de Voluntad Anticipada.
El objetivo de la iniciativa votada en el pleno, es que pacientes con enfermedades terminales puedan solicitar y ejercer su derecho, y tengan una muerte digna, así lo anunció en el Congreso del Estado de Puebla, el presidente de la Mesa Directiva, José Miguel Octaviano.
34 votos a favor, 2 en contra, y 4 en abstención. Aprobado entonces el dictámen con minuta de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Estatal de Salud, y se expide la Ley de Voluntad Anticipada para el Estado de Puebla
La Ciudad de México fue la primera entidad de la nación en aprobar la Ley de Voluntad Anticipada en enero de 2008.
El derecho a una muerte digna se encuentra definida en el Artículo 1 de la Ley de Voluntad Anticipada.
La decisión que toma una persona de ser sometida o no a medios, tratamientos o procedimientos médicos que pretendan prolongar su vida cuando se encuentre en etapa terminal y, por razones médicas, sea imposible mantenerla de forma natural, protegiendo en todo momento la dignidad de la persona
La voluntad anticipada no prolonga ni acorta la vida mediante algún tipo de procedimiento, respeta el momento natural de la muerte y favorece la atención y los cuidados paliativos al final de la vida.
En otras palabras, consiste en ofrecer acompañamiento al paciente sin intervención médica durante su última etapa.
Voluntad anticipada no es lo mismo que eutanasia. La voluntad anticipada regula la ortotanasia; es decir, la actuación correcta ante la muerte por parte de quienes atienden al que sufre una enfermedad incurable o en fase terminal.
La legislación no permite la eutanasia o acto deliberado de dar fin a la vida de un paciente.
Los estados donde se ha aprobado esta regulación son:
Ciudad de México
Coahuila
Aguascalientes
San Luis Potosí
Michoacán
Hidalgo
Guanajuato
Guerrero
Nayarit
Estado de México
Colima
Oaxaca
Yucatán
Tlaxcala
Ahora se suma el estado de Puebla. En el resto del país no es legal.
De manera preventiva, cualquier persona mayor de edad puede hacerlo acreditando su identidad, eligiendo a sus representantes y expresando su voluntad.
Al elaborar el documento, la persona tiene la oportunidad de manifestar si desea o no donar sus órganos después del deceso.
El 50% de las personas ha manifestado su voluntad a favor de la donación, de acuerdo con información del Gobierno de México.
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Con información de Julián Arturo Peña y Paulina Durán
JAPR/JLR