Hacienda y la UIF Publican Nuevos Formatos Oficiales para Prevenir el Lavado de Dinero
Aunque las nuevas medidas entrarán en vigor de forma gradual, la primera parte estará en operación a partir del 1 de febrero de 2027

Aunque las nuevas medidas entrarán en vigor de forma gradual, la primera parte estará en operación a partir del 1 de febrero de 2027

La Secretaría de Hacienda Crédito Público, a través de la Unidad de Inteligencia Financiera, dio a conocer nuevos formatos para fortalecer el cumplimiento en materia de actividades vulnerables, los cuales fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación.
Este lunes 28 de septiembre 2026, ya se encuentran en el DOF las resoluciones que actualizan los formatos oficiales para el alta y registro, así como para la presentación de Avisos e Informes de quienes realizan actividades vulnerables.
La actualización forma parte de la implementación de la reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita , publicada en julio de 2025, así como de las modificaciones posteriores a su Reglamento y a las Reglas de carácter general.
Los nuevos formatos permitirán fortalecer la identificación del beneficiario controlador, incorporar los elementos necesarios para la presentación de Avisos dentro de las 24 horas y adecuar los mecanismos de registro y reporte a los nuevos sujetos obligados y figuras jurídicas contemplados en el marco normativo.
Entre las principales modificaciones se encuentran la incorporación de campos específicos para identificar operaciones realizadas a través de fideicomisos y otras figuras jurídicas, así como la adecuación de los formatos aplicables a personas facilitadoras públicas y privadas, agencias aduanales y personas físicas o morales que promuevan el despacho de mercancías sin la intervención de un agente o agencia aduanal.
Asimismo, se fortalecen los campos de información para identificar al beneficiario controlador y se incorporan los elementos necesarios para la presentación de Avisos dentro de las 24 horas, con el propósito de contar con información más completa, precisa y oportuna que contribuya a la identificación y detección de posibles operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Dicha implementación será gradual. A partir del 1 de febrero de 2027 podrán realizar su alta quienes actúen mediante fideicomisos u otras figuras jurídicas, las agencias aduanales y quienes promuevan el despacho de mercancías sin la intervención de un agente o agencia aduanal. Luego, a partir del 1 de junio de 2027 podrán hacerlo las personas facilitadoras públicas y privadas.
Además, el 1 de octubre de 2026 la UIF publicará los instructivos y catálogos actualizados en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero, mientras que a partir del 1 de junio de 2027 deberán utilizarse los nuevos formatos oficiales para la presentación de Avisos e Informes, incluidos los Avisos de 24 horas.
Hacienda indicó que con estas acciones, avanza en la implementación del nuevo marco de prevención de lavado de dinero, facilita el cumplimiento de las obligaciones de quienes realizan actividades vulnerables y fortalece la calidad, integridad y trazabilidad de la información disponible para prevenir y detectar operaciones con recursos de procedencia ilícita.
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