SCJN Valida Creación del Fondo de Pensiones Bienestar con Recursos de Cuentas de Afore Inactivas
El Máximo Tribunal declaró la constitucionalidad del Fondo de Pensiones para el Bienestar que trasladó los recursos de cuentas inactivas

El Máximo Tribunal declaró la constitucionalidad del Fondo de Pensiones para el Bienestar que trasladó los recursos de cuentas inactivas

El Pleno de la SCJN declaró la constitucionalidad del Fondo de Pensiones para el Bienestar que trasladó los recursos de cuentas inactivas de las Afores al Estado.
Los ministros consideraron que el cambio normativo no vulnera el derecho de los trabajadores, pues únicamente cambia al administrador de los recursos y “fortalece el sistema de seguridad social”.
El ministro Presidente, Hugo Aguilar, rechazó que se trate de una clase de “confiscación, expropiación o de privación de la propiedad de los fondos de los trabajadores”, pues los mantiene disponibles de forma inmediata.
Ante las críticas sobre la reforma, el ministro presidente anunció que se hará publicidad de la presentación del caso para que se entienda que solo se trató de un cambio de administrador de fondos.
El Pleno validó la transferencia de los recursos de las subcuentas de:
Retiro
Cesantía en edad avanzada
Vejez administrados
Esto, siempre que no hayan sido reclamados por las personas trabajadoras al cumplir 70 años en el caso de personas afiliadas al IMSS, y 75 años, tratándose del ISSSTE.
El Máximo Tribunal aclaró que los trabajadores no pierden sus ahorros, toda vez que los recursos siguen siendo de su propiedad o de la de sus beneficiarios y puede reclamarse la devolución en cualquier momento.
De igual forma, según la Corte, la reforma no autoriza la apropiación de esos recursos por el Estado ni extingue los derechos de sus titulares, únicamente cambia la institución encargada de administrarlos.
Con información de: Jessica Murillo N+
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