SAT: ¿Conoces los Castigos por No Presentar la Declaración Anual?
Los elementos del delito fiscal son engaños o aprovechamiento de errores y la omisión total o parcial en el pago de una contribución

Los elementos del delito fiscal son engaños o aprovechamiento de errores y la omisión total o parcial en el pago de una contribución

El plazo que tienen las personas físicas para hacer su declaración anual de impuestos es del 1 de abril al 2 de mayo, de lo contrario el Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberás aplicar una serie de castigos a aquellos contribuyentes que no cumplen con el ejercicio fiscal.
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Aquellos contribuyentes que este 2023 no presenten la declaración anual correspondiente al 2022, se verán afectados con los siguientes 8 castigos que la dependencia les aplicará:
En caso de que se deje pasar más tiempo sin cumplir con el ejercicio fiscal, más caro saldrá, ya que con el paso el SAT cobrará recargos y actualizaciones.
Por cada obligación no declarada: mil 810 pesos a 22 mil 400 pesos.
Por cada obligación declarada fuera del plazo establecido: mil 810 pesos a 44 mil 790 pesos.
Ya no se tendrá derecho a aplicar subsidios o estímulos fiscales.
Se restringe temporalmente el certificado de sello digital, esto quiere decir que los contribuyentes no podrá emitir facturas, lo cual limitaría sus operaciones.
Los créditos fiscales son compartidos con el Buró de Crédito, ocasionando que el reporte de la personas sea negativo o limitando su acceso a créditos financieros
En caso de que se tenga ISR a cargo, la persona perderá el derecho a acceder al pago en parcialidades de su impuesto.
Aunque en 2022 solamente los contribuyentes hayan recibido ingresos exentos de ISR, existen algunos casos en los que tienen la obligación de informarlos. De no hacerlo, el SAT podría presumirlo como ingresos y cobrar impuestos por ellos.
La autoridad fiscal podría instaurar una querella ante la autoridad competente por la posible comisión de defraudación fiscal.
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En el artículo 91 de la ley de Impuestos Sobre la Renta (ISR) está señalado que se considera como fraude fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal.
Es importante mencionar que los elementos del delito fiscal son engaños o aprovechamiento de errores y la omisión total o parcial en el pago de una contribución. No olvides que los delitos fiscales son delitos económicos que consisten en defraudar a la Hacienda pública, de forma que se elude el pago de tributos.