El despido laboral justificado o injustificado es algo que suele ocurrir de forma recurrente en nuestro país y con frecuencia vemos que constantemente la gente se pregunta, ¿Cuándo te corren de un trabajo qué te pagan? Para salir de dudas acá te decimos a qué tienes derecho si te despiden y cuánto te toca de indemnización, según la Ley Federal del Trabajo 2026 (LFT) en México.
De acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la tasa de desempleo en México se situó en un 2.5 por ciento en el inicio del segundo trimestre del año 2026, eso quiere decir que 1.5 millones de personas no cuentan con un empleo formal por diversas razones, aunque algunas de ellas se debe a hombres y mujeres que fueron despedidos y aún no logran encontrar trabajo.
¿A qué tengo derecho si me despiden y cuánto me toca?
En caso de despido laboral en México, los trabajadores tienen derecho al pago de varias prestaciones, esto de acuerdo con los establecido en los artículos 48, 87, 79, 80, 162 y 486 de la LFT 2026:
Tres meses de salario por concepto de Indemnización Constitucional.
La prima de antigüedad (doce días de salario por cada año de servicios, tomando como base para el pago de esta prestación el doble del salario mínimo vigente).
Pago de partes proporcionales de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
El monto que debe pagar el empleador o empresa que te despide varía según el tiempo laborado, el sueldo percibido y el momento en que decidieron poner fin a la relación laboral.
¿Qué se paga cuándo te corren de un trabajo por despido justificado?
Si te corren del trabajo por despido justificado, la empresa o persona empleadora debe pagarte un finiquito, es decir lo que te adeuden al momento de romper con la relación de trabajo. Alguna de las cosas que debes cobrar son las siguientes:
Salario.
Prima de antigüedad (siempre y cuando se tengan, por lo menos, 15 años de antigüedad).
Aguinaldo.
Vacaciones proporcionales.
Causas justificadas de despido
Todas las personas que sean despedidas de su trabajo de forma justificada es porque cometieron algunos de las siguientes faltas o actos dentro de la empresa:
Mentir o engañar sobre sus capacidades y conocimientos para desempeñar el trabajo (esto no se puede reclamar después de 30 días del inicio de las labores).
Realizar actos de violencia o amenazas contra la persona empleadora, sus familiares o el personal directivo/administrativo, dentro y fuera de la jornada laboral, salvo en defensa propia.
Ocasionar de manera intencional daños materiales a las máquinas, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo o bien, que el daño se haya realizado de manera grave sin intención, pero por descuido.
Faltar más de tres veces en un periodo de 30 días sin causa justificada.
Desobedecer indicaciones de la persona empleadora o sus representantes sin causa justificada, siempre y cuando se trate de una situación relacionada al trabajo.
Presentarse a trabajar en estado de embriaguez o bajo el influjo de narcóticos, salvo que exista prescripción médica.
Cometer actos inmorales, de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona del centro de trabajo, así como, otras causas señaladas en el artículo 47 de la LFT.
AOL