Hombre es Despedido Sin Liquidación y Regresa a Empresa a Robar Miles de Pesos en Edomex
Las autoridades detuvieron al hombre que tomó miles de pesos de la empresa que no lo liquidó al haber sido presuntamente despedido
Las autoridades detuvieron al hombre que tomó miles de pesos de la empresa que no lo liquidó al haber sido presuntamente despedido
Un hombre fue detenido luego de robar más de 60 mil pesos en efectivo de la empresa donde trabajaba y de la cual fue presuntamente despedido sin liquidación en el municipio de Ecatepec, Estado de México.
De acuerdo con los primeros reportes, los hechos ocurrieron este fin de semana, cuando las autoridades municipales fueron alertadas por un atraco en un negocio de venta de aluminio y vidrio, por lo que de inmediato se dirigieron al lugar.
A través de redes sociales, se dio a conocer un video que captó el momento exacto en el que el presunto responsable desciende por una escalera de trabajo y en sus manos lleva un bulto con el dinero en efectivo.
Una vez que llegó a la zona de la banqueta, los oficiales lo aseguraron, ya que estaba señalado de cometer robo. Las inmediaciones de la Vía Morelos y la calle Tenochtitlán estuvieron acordonadas por varias unidades de la policía.
El sospechoso declaró que no quisieron pagarle su liquidación y se metió al negocio para cobrar lo que le debían.
Hasta el momento se desconocen las causas por las que el hombre fue despedido de su trabajo; no obstante, debió recibir una liquidación conforme a la ley. En tanto, no se tiene información de la situación legal que podría enfrentar por cometer el robo a la que fue su empresa.
La Ley Federal del Trabajo (LFT) señala en los artículos 48, 79, 80, 87 y 162 que las personas trabajadoras en México tienen derecho a recibir una indemnización por tener que separarse de su trabajo, en función del tiempo de servicios prestados.
Por lo tanto, esa indemnización deberá contemplar:
1. Tres meses de salario
2. La prima de antigüedad (el pago de 12 días de salario por cada año de servicio prestado, tomando como tope máximo, para el pago de esta prestación, el doble del salario mínimo).
Además, tiene derecho al pago de parte proporcional de:
3. Aguinaldo
4. Vacaciones y prima vacacional
5. Prestaciones generadas y que no se hayan cubierto aún.
EPP
