La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el embargo de la subcuenta de retiro de las administradoras de fondos para el retiro (Afores) para garantizar el pago de pensiones alimenticias a menores de edad, cuando el titular de la cuenta esté en condiciones de desempleo y no tenga otros recursos.
Ello en la misma proporción o cantidad que se permite a los titulares de tales subcuentas disponer de esos recursos cuando se encuentran desempleados, de acuerdo con el fallo de la Primera Sala de la SCJN, en donde se analizó la constitucionalidad del artículo 79, tercer párrafo, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
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La Sala estimó que, si el trabajador puede disponer de una parte de los recursos acumulados en la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez cuando está desempleada, nada impide que, de manera excepcional, dicha subcuenta pueda ser embargada para que pague la pensión alimentaria de un hijo menor de edad.
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