Corte Pospone Discusión sobre Regulación de la Partería Tradicional en México
Tribunales discrepan sobre suspensión de norma; ministro Arístides Guerrero propone concederla por posibles afectaciones culturales

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Tribunales discrepan sobre suspensión de norma; ministro Arístides Guerrero propone concederla por posibles afectaciones culturales

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Las parteras en México desempeñan un papel importante en el sistema de salud, especialmente en comunidades rurales, indígenas y zonas con acceso limitado a servicios médicos hospitalarios.
De acuerdo con GIRE, que cita un reporte del Fondo de Población de Naciones Unidas de 2014, las parteras que cuentan con la educación y la reglamentación adecuadas conforme a las normas internacionales pueden proporcionar los servicios esenciales de atención requeridos por mujeres embarazadas y recién nacidos.
Hoy, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perfilaba discutir la regulación vinculada a la NOM-020-SSA-2025 debido a un conflicto de criterios judiciales entre tribunales colegiados de distintas regiones del país.
Sin embargo, se pospuso la discusión del proyecto del ministro Arístides Guerrero para definir la línea jurisprudencial que deberán acatar los jueces sobre la suspensión de normas que regulan la partería tradicional en México.
Por un lado, los tribunales de la Región Centro-Sur negaron la suspensión provisional de las disposiciones administrativas al estimar que la regulación sanitaria buscaba proteger la salud pública y reducir la mortalidad materna.
Por otro lado, los de la Región Centro-Norte concedieron la medida cautelar al considerar que imponer trabas burocráticas afectaba los derechos culturales, la autonomía y los saberes ancestrales de los pueblos indígenas y afromexicanos.
Ante este choque de posturas, el proyecto elaborado por el ministro Arístides Rodrigo Guerrero García propuso otorgar la suspensión provisional con efectos de tutela anticipada a favor de las parteras tradicionales. En el documento, el ministro advirtió que la Norma Oficial Mexicana (NOM-020-SSA-2025) impone un "modelo hegemónico de salud" de corte biomédico.
Dicha normativa arriesga discriminar e invisibilizar la labor de aproximadamente 15 mil parteras tradicionales que operan en el país, quienes atienden de forma prioritaria a personas en zonas rurales y de alta marginación socioeconómica.
El análisis del proyecto subrayó la necesidad de aplicar un enfoque interseccional e intercultural, reconociendo a la partería tradicional no como una actividad informal, sino como un pilar fundamental para la supervivencia biocultural y el tejido social comunitario.
Asimismo, la propuesta planteaba que la medida cautelar permitiera a las parteras continuar con su ejercicio libremente, asegurar la tramitación de Certificados de Nacimiento ante el Registro Civil y evitar sanciones administrativas o registros obligatorios. Como contrapeso, la suspensión excluía expresamente lo relativo a la práctica del aborto y mantenía la obligación de coordinación interinstitucional ante embarazos de alto riesgo.
Sin embargo, a pesar de la relevancia del dictamen para la protección de los derechos de las comunidades originarias y el acceso a la salud en zonas vulnerables, la discusión de la propuesta fue retirada y aplazada por el Pleno de la SCJN.
Con esta postergación, la definición del criterio definitivo queda pendiente, manteniendo en incertidumbre cómo deben resolver los juzgadores la tensión entre la normatividad sanitaria oficial.
TLS