Amparos por Registro de Telefonía Corresponden a Juzgados Especializados: Suprema Corte
El Pleno determinó que el análisis de los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles exige conocimientos técnicos

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El Pleno determinó que el análisis de los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles exige conocimientos técnicos

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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este lunes que los amparos indirectos promovidos contra los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles deberán tramitarse ante los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa, Especializados en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República.
El Pleno explicó que estas normas inciden en la libre competencia y concurrencia en el mercado de las telecomunicaciones, pues regulan aspectos técnicos como el uso y aprovechamiento del espectro radioeléctrico, la operación de redes públicas, la interconexión, las concesiones, las tarifas y la prestación eficiente de los servicios.
Asimismo, señaló que, aunque el contenido de los lineamientos responde a una política pública en materia de seguridad, no se limita a establecer obligaciones de carácter administrativo en general.
También impone deberes a los proveedores de servicios de telefonía relacionados con el resguardo de la información de las personas usuarias, la creación de plataformas y las consecuencias que genera el registro previsto en dichos lineamientos.
Por ello, el Pleno de la Corte concluyó que su análisis sí requiere conocimientos técnicos especializados, por lo que corresponde a los juzgados con competencia en la materia.
La decisión se tomó al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 84/2026. Los lineamientos fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre de 2025.
AMP