Bancos en México Aplicarán Filtro de Reconocimiento Facial a Usuarios, ¿En Qué Operaciones?
La medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), busca ofrecer mayor certeza, seguridad, confiabilidad de los procesos de autenticación

La medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), busca ofrecer mayor certeza, seguridad, confiabilidad de los procesos de autenticación

Los bancos en México podrán utilizar el reconocimiento facial para identificar a sus clientes durante operaciones presenciales, luego de que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) modificó las disposiciones que regulan el uso de datos biométricos en las instituciones financieras.
La medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), busca ofrecer mayor certeza, seguridad, confiabilidad de los procesos de autenticación, fomentando la estabilidad del sistema financiero en beneficio del público en general.
De acuerdo con las nuevas disposiciones, el reconocimiento facial podrá utilizarse en operaciones presenciales realizadas dentro de las sucursales bancarias, donde las instituciones requieran verificar la identidad de sus clientes.
La imagen del rostro capturada deberá compararse con los registros de las autoridades federales y alcanzar una coincidencia mínima del 90%, de forma similar a lo que actualmente ocurre con la validación de huellas dactilares.
La CNBV también permitirá que los bancos conformen su propia base de datos biométrica de clientes. Una vez validada la identidad de una persona mediante las bases oficiales, las instituciones podrán utilizar esa información para futuras verificaciones sin necesidad de consultar cada vez a las autoridades, siempre que cumplan con estrictos requisitos de seguridad.
Las modificaciones publicadas por la CNBV establecen diversas obligaciones para proteger la información biométrica de los usuarios, entre ellas:
Las bases de datos biométricas deberán mantenerse aisladas del resto de los sistemas del banco.
La información deberá permanecer cifrada tanto cuando se almacene como durante su transmisión.
Los accesos de administradores y personal con privilegios especiales deberán quedar registrados mediante auditorías.
Las instituciones tendrán que realizar una revisión anual de sus mecanismos de seguridad tecnológica.
Si un banco deja de utilizar su base biométrica, deberá eliminar la información mediante procedimientos que impidan su recuperación.
Asimismo, queda prohibido vender, compartir o transferir las bases de datos biométricas entre instituciones financieras o terceros.
Antes de comenzar el registro de usuarios, los bancos deberán capturar los datos biométricos de sus propios empleados, funcionarios y directivos que operarán el sistema.
Una vez concluido ese proceso, podrán iniciar el registro de los clientes para utilizar el reconocimiento facial durante las operaciones autorizadas.
Con la incorporación del reconocimiento facial, la CNBV busca complementar los mecanismos biométricos que ya utilizan las instituciones financieras y elevar los estándares de seguridad para las operaciones presenciales en México.
Las modificaciones entraron en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación y forman parte de la estrategia regulatoria para modernizar los procesos de identificación de usuarios dentro del sistema bancario mexicano.
AMP