La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la constitucionalidad del artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, el cual faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para incluir a personas en la Lista de Personas Bloqueadas; aquí te decimos en qué casos aplica la medida sobre el congelamiento de cuentas.
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¿En qué caso la UIF puede bloquear cuentas?
El Pleno de la SCJN avaló, en la sesión del 6 de abril de 2026, la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), de la SHCP, para congelar cuentas sin requerir una orden judicial previa y sin necesidad de una petición internacional cuando existan "indicios suficientes" de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.
Seis de los nueve ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinaron que se trata de una