Corte Valida Verificación Voluntaria de Candidatos para Detectar Vínculos con Grupos Criminales
La SCJN indicó que la medida permitirá identificar un riesgo razonable relacionado con posibles actividades delictivas

La SCJN indicó que la medida permitirá identificar un riesgo razonable relacionado con posibles actividades delictivas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó el mecanismo de verificación de integridad para personas aspirantes a candidaturas, previsto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Dicho mecanismo fortalece la integridad de los procesos de selección al permitir que, de manera voluntaria y antes del registro, los partidos políticos y las personas aspirantes a candidaturas independientes soliciten una evaluación de riesgo sobre posibles vínculos con actividades delictivas.
Como parte de este proceso de verificación, se creó la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas del Instituto Nacional Electoral (INE), integrada por tres consejerías electorales encargadas de recibir las solicitudes de evaluación, remitirlas a las autoridades competentes y comunicar los resultados conforme a lo previsto por la ley. La Comisión de Verificación se instaló el pasado 7 de septiembre.
Al analizar el mecanismo de verificación, la Corte concluyó que este es compatible con el derecho a ser votada o votado, ya que no establece un requisito adicional de elegibilidad ni condiciona el registro de las candidaturas.
Señala que su finalidad es únicamente preventiva e informativa, pues brinda a los partidos elementos objetivos para decidir, en ejercicio de su libertad de autodeterminación y autoorganización, si postulan o no a una persona.
La Corte destacó que el sistema cuenta con un doble componente de hacerlo de forma voluntaria: el partido político decide si somete total o parcialmente sus listas al análisis y, además, las personas aspirantes deben manifestar su conformidad para que su perfil sea evaluado. También destacó que quien opte por no participar no recibe una consecuencia jurídica sobre su derecho a ser votada o votado
Finalmente, la Corte resolvió que con la coordinación entre el INE y las autoridades participantes no se afecta la autonomía del Instituto ni invade las atribuciones de los organismos públicos locales electorales, ya que el INE conserva la rectoría del mecanismo y la decisión sobre el registro y la elegibilidad de las candidaturas.
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