¿De Cuánto es la Multa por Posesión de Marihuana?
La Suprema Corte de Justicia eliminó la prohibición del consumo lúdico de la marihuana hace 2 años, pero todavía quedan muchas lagunas por resolver

La Suprema Corte de Justicia eliminó la prohibición del consumo lúdico de la marihuana hace 2 años, pero todavía quedan muchas lagunas por resolver

A partir del 2021, el consumo lúdico de marihuana, su cultivo, producción y comercio está -teóricamente- permitido en México, pero se ha vuelto un embrollo lograr lo anterior, sobre todo porque nuestros legisladores no se han puesto de acuerdo para modificar las leyes.
Desde 2018 la Suprema Corte de Justicia exhortó al Congreso de la Unión a legislar respecto al autoconsumo recreativo de cannabis y THC, y desde entonces los legisladores han pedido prorroga tras prorroga, sin avanzar en el tema.
Actualmente existe un proyecto para generar la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, aprobado por la Cámara de Diputados, que determina una nueva cantidad máxima de posesión, la cual no debe ser sobrepasada o de lo contrario podrías terminar pagando una costosa multa.
De igual forma, el proyecto indica que fumar marihuana en espacios no autorizados podría generarte una sanción económica.
A continuación te explicaremos todo lo que debes saber sobre este proyecto, que sigue estancado en el Senado, pero que finalmente podría aprobarse en el actual periodo de sesiones.
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De acuerdo con el proyecto que busca crear la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, se regularía la producción, comercialización y consumo del cannabis y sus derivados, bajo el enfoque de libre desarrollo de la personalidad, salud pública y respeto a los derechos humanos.
Ahora bien, no todos podrían hacer lo anterior, para lograrlo sería necesario obtener un permiso de Cofepris para cultivar hasta seis plantas de marihuana en casa para consumo personal con fines lúdicos u ocho si hay más consumidores. Estás licencias ya se pueden tramitar ante Cofepris de forma legal.
En teoría, también se busca regular la existencia de licencias para vender marihuana y derivados en un establecimiento, pero no se ha avanzado mucho en este aspecto, y actualmente no existen estás licencias para venta de marihuana de uso personal.
La Ley General de Salud establece que la cantidad máxima de cannabis sativa, índica o mariguana que se podría tener para consumo personal e inmediato sería de 28 gramos, siempre y cuando se cuente con el permiso de la Cofepris.
Asimismo, como arriba se mencionó, en caso de que tengas el permiso para cultivar marihuana, en tu casa no podrás tener más de seis plantas o hasta ocho en caso de que haya más de un consumidor.
Si una persona es detenida en México en posesión de más de 28 gramos y hasta 200 gramos de marihuana, tendría que pagar una multa de 60 a 120 veces el valor diario de la UMA, lo que en 2023 equivale a entre 6 mil 224 pesos y hasta 12 mil 448 pesos.
Cabe destacar que el poseer más de 200 gramos de marihuana será castigado con prisión.
Por otro lado, el fumar o consumir marihuana en áreas de trabajo o instalaciones escolares es sancionado con una multa de 60 a 300 UMA, lo que equivale en 2023 a 6 mil 224 pesos y hasta 31 mil 122 pesos.
Mientras no se aprueben los cambios a la legislación, actualmente cultivar, cosechar, preparar, poseer o transportar más de cinco gramos de cannabis sin contar con un permiso para autoconsumo de cannabis sigue estando penado, con sanciones que van de entre cinco y hasta veinticinco años de prisión.
Con esto se demuestra que todavía hace falta un trabajo más a fondo de los legisladores mexicanos, que siguen castigando fuertemente la posesión de la planta, aún cuando la Suprema Corte de Justicia exhortó al Congreso de la Unión a legislar respecto al autoconsumo recreativo de cannabis y THC desde 2018, y desde entonces los legisladores no se han puesto de acuerdo sobre el tema.
¿Es un avance la eliminación de la prohibición del uso lúdico de la marihuana?
— NMás (@nmas) July 1, 2021
Sigue el análisis en #TercerGrado https://t.co/CgvLH1gRlp pic.twitter.com/96Nx0fjVGt
Al resolver la declaratoria general de inconstitucionalidad 1/2018, la Corte eliminó la prohibición absoluta al consumo lúdico o recreativo de cannabis y THC que establecía la Ley General de Salud. El ejercicio del derecho de autoconsumo en ningún caso podrá afectar a terceros. pic.twitter.com/JvK4dPUdm3
— Suprema Corte (@SCJN) June 28, 2021